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Política

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¿Qué hago si soy dueño de un departamento en un edificio dañado por el terremoto?

La mayoría de los edificios que colapsaron en colonias como la Condesa y la Roma, en la delegación Cuauhtémoc, o la Narvarte y la Del Valle, en Benito Juárez, datan de antes de 1950.

El sismo del 19 de septiembre ocasionó daños de consideración en un buen número de inmuebles de varias delegaciones de la ciudad. Seguramente, muchos de los departamentos en los edificios siniestrados se encontraban bajo un régimen de arrendamiento, que permite a los arrendatarios dar por terminado el contrato mediante una cláusula de terminación anticipada para que no sigan teniendo obligaciones económicas con el arrendador o dueño del inmueble. ¿Y qué sucede cuando soy el dueño de un departamento que se encontraba en un edificio que se cayó?

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De acuerdo con Mario Fernández, abogado en derecho constitucional por la Universidad de Harvard, todos los inmuebles en la Ciudad de México que fueron construidos bajo el régimen de propiedad en condominio cuentan con dos características: que son divisibles, es decir, que cada condómino es propietario de cierta parte del inmueble, y que cuentan con áreas comunes, como las azoteas, los patios, los jardines y las áreas de esparcimiento, de las cuales todos los condóminos son copropietarios.

La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal indica que tratándose de este tipo de inmuebles, el terreno en el que está asentada la construcción es copropiedad de todas las personas que poseen o poseían un departamento, es decir que si uno es propietario de un departamento, también es copropietario del terreno en el que fue construido.

En caso de una demolición o de un desastre natural, como el sismo del pasado martes 19 de septiembre, con el que muchos edificios se derrumbaron o quedaron en tales condiciones que tendrán que ser demolidos, lo que debe ocurrir es que el terreno se tendrá que dividir entre el número de dueños propietarios que había en ese inmueble.

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En el caso de una demolición, lo que debe pasar es que el terreno se tendría que dividir entre el número de dueños propietarios de departamentos que había en ese inmueble.

Evidentemente, la propiedad de los dueños perderá valor de mercado, porque al final del día lo que le da valor a un inmueble de este tipo es la construcción de departamentos sobre el terreno , explicó Mario Fernández, abogado especializado en derecho constitucional.

De acuerdo con el director de Centro Urbano, Horacio Urbano, de los 11,000 reportes de daño en casas y edificios de la Ciudad de México que ha recibido el Colegio de Arquitectos, el cual se encuentra realizando asesorías y análisis de habitabilidad en los edificios de la Ciudad de México, 4,000 ya han sido revisados y de estos, 10% presenta un daño estructural que lo hizo derrumbarse o que obliga a demolerlo.

De los edificios que presentan un daño irreparable, por lo que tendrán que ser demolidos, sólo 10% fue construido después del terremoto de 1985, mientras que la mayoría de los edificios que colapsaron en colonias como la Condesa y la Roma, en la delegación Cuauhtémoc, o la Narvarte y la Del Valle, en Benito Juárez, datan de antes de 1950, de acuerdo con Horacio Urbano.

NOTICIA: ¿Qué hago si rento un departamento en un edificio dañado por el terremoto?

rodrigo.riquelme@eleconomista.mx



 

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