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Política

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Reposición del proceso, en el caso Iguala

La Procuraduría General de la República informó que no compartía el criterio de los magistrados-

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El Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, con sede en Tamaulipas, ordenó este lunes reponer el proceso judicial del caso Ayotzinapa, además de instar a la creación de una comisión de la verdad para la cual, resolvió, la Cámara de Diputados tendría que otorgar los recursos necesarios para su puesta en marcha.

“La investigación del caso Ayotzinapa, se estableció, no fue pronta, efectiva, independiente, ni imparcial por parte de la Procuraduría General de la República (PGR)”, informó el Consejo de la Judicatura Federal mediante una nota de prensa a propósito de la resolución de amparos.

Y es que, por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal resolvieron los amparos 203/2017 al 206/2017 en donde otorgaron la protección federal a los quejosos de dichos recursos y por lo cual se giró la orden de reponer el caso.

El expediente presentado al colegiado por el magistrado Mauricio Fernández de la Mora expone las diversas irregularidades encontradas al analizar el expediente de las investigaciones de la desaparición de los 43 estudiantes pertenecientes a la normal rural, Raúl Isidro Burgos, en Guerrero.

Entre las irregularidades encontradas se encuentran que en el expediente obran declaraciones incompletas, demora en pedir material de primera importancia como videos, fotografías de las cuales se habla pero no están integradas, declaraciones “desvirtuadas” o, incluso, declaraciones de personas relacionadas con la desaparición de los normalistas en las que se inculpan de manera “espontánea”.

En este sentido, uno de los presuntos responsables de los hechos —del cual se omite su nombre en su derecho a la presunción de inocencia— fue buscado y encontrado por la Policía Ministerial el 10 de octubre del 2014.

Al ser capturado el presunto criminal, “manifestó no tener ningún inconveniente en acompañarlos, a bordo del vehículo oficial de los policías, a las instalaciones de la Subprocuraduría Especializada en Investigación en Delincuencia Organizada (SEIDO).

“Acto seguido, se asienta que se efectuó una entrevista, en la que de manera espontánea aceptó ser integrante del grupo criminal Guerreros Unidos, las funciones que desarrollaba para esa organización, lo que presenció respecto al evento de la desaparición de los estudiantes, entre otros temas”, refiere la resolución del Tribunal.

Sobre el indiciado en cuestión se encontró además que desde su captura, hasta su puesta a disposición en el Ministerio Público, “transcurrió un tiempo mayor al razonablemente necesario; esa retención prolongada hace presumir que fue coaccionado para confesar los hechos imputados”.

Los efectos del amparo consisten, en primer instancia, en ordenar a un juez de distrito que reponga la fase de preinstrucción, es decir, la aportación de pruebas para clasificar el delito y reponer el plazo para dicha fase.

Se ordena también reconocer por parte de las autoridades a las víctimas; se insta al titular de la PGR a que suspenda o cese la asignación de peritos para el caso, se requiere al MP que otorgue dictámenes en materia médico-psicológica por parte de instituciones independientes conforme al Protocolo de Estambul y cuyos peritos no estén relacionados con la Procuraduría.

Lo anterior se solicita que se entregue en un periodo no mayor a 10 días naturales.

Asimismo, el Tribunal instó a que en la investigación se tomen en cuentan los informes del Grupo de Expertos Independientes en el rubro sobre el trato a los detenidos y los informes médicos, además del Informe Sobre Violaciones de Derechos Humanos en la Investigación del Caso Ayotzinapa, intitulado “Doble injusticia”, creado por el alto comisionado para Derechos Humanos de Naciones Unidas.

La comisión de la verdad y petición al presidente

En referencia a la comisión de la verdad, el Tribunal precisó que deberá de estar integrada por los familiares de los normalistas desaparecidos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Ministerio Público.

“En la inteligencia de que, por parte del Ministerio Público de la Federación, los fiscales y personal de la Procuraduría General de la República que pasen a formar parte de la comisión investigadora deberán ser distintos a los que han participado previamente en el presente caso”, se señaló, al tiempo que se insta a que la comisión deberá de estar integrada en un plazo no mayor a 10 días naturales.

“La comisión de investigación para la verdad y la justicia (Caso Iguala) tendrá libre e inmediato acceso a todo centro de detención y a cada una de sus dependencias así como a todo lugar que estimen pertinente, en especial, donde haya motivos para creer que están, estuvieron o se puedan encontrar los estudiantes desaparecidos, o vestigios que aporten información sobre su paradero; incluso lugares sujetos a la jurisdicción militar o castrense”, se precisó.

Con respecto al presidente de la República, el Tribunal le hizo un llamado para que gire instrucciones a las secretarías federales y dependencias que integren el gabinete para que otorguen todas las facilidades a la comisión.

Esta determinación echó por tierra la “verdad histórica” que hiciera sobre el caso el primer procurador general de la República de la actual administración, Jesús Murillo Karam, y en la resolución se pide que los dictámenes cuenten con “las exigencias del Protocolo de Estambul, porque, se determinó, hay indicios suficientes para presumir que las confesiones e imputaciones contra los coinculpados fueron obtenidas mediante tortura”.

Respuesta de la procuraduría

La PGR informó anoche que no había sido notificada hasta ese momento sobre los amparos, a presuntos integrantes del grupo criminal Guerreros Unidos, relacionado con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

La PGR manifestó en un comunicado que: “No se comparte el criterio de los magistrados que integran el Tribunal Colegiado, pues desconocen la división de poderes y las facultades de persecución, investigación y el ejercicio de la acción penal, que de acuerdo al Artículo 21 de la Constitución, corresponden al Ministerio Público de la Federación”.

En relación a las acusaciones de tortura, la PGR agregó que a “través de la Unidad Especializada tiene abiertas diversas carpetas de investigación en las que constan los dictámenes practicados por peritos certificados y con autonomía técnica conforme al Protocolo de Estambul”.

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