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Política

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TEPJF no tendrá injerencia en el Congreso de la Unión

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó por 61 votos de Morena, PT, PVEM y PES, 39 del PAN, PRI, MC y PRD en contra, y una abstención, adicionar la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Sesi�n SenadoDaniel Augusto @Cuartoscuro, Cuartoscuro.com

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó por 61 votos de Morena, PT, PVEM y PES, 39 del PAN, PRI, MC y PRD en contra, y una abstención, adicionar la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

La enmienda consiste en excluir de la competencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el escrutinio de actos parlamentarios del Congreso de la Unión, de su Comisión Permanente, o de cada una de sus Cámaras, emitidos por sus órganos de gobierno, cuya finalidad sea la integración, organización y funcionamiento internos de sus órganos y comisiones legislativas.

De acuerdo con el decreto remitido al Ejecutivo federal para su promulgación, el TEPJF no puede otorgarse competencias que la Constitución y la ley no le reconocen.

En la exposición de motivos, el dictamen refiere que la Sala Superior del Tribunal Electoral se condujo de manera ilimitada al revisar las decisiones del ámbito parlamentario, afectando el equilibrio de poderes que establece la Constitución.

Y es que recientemente los magistrados electorales resolvieron a favor las impugnaciones promovidas por diputados federales de Movimiento Ciudadano (MC) y senadores del grupo plural al ser excluidos en la última integración de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

El senador Germán Martínez Cázares dijo desde la tribuna que “la reforma tiene una dedicatoria, tiene un destinatario y parte de ese destino es el grupo plural y la sentencia que obtuvo en el Tribunal Electoral del Poder Judicial para formar parte de la Comisión Permanente.

El senador Miguel Ángel Mancera (PRD) recordó que en agosto pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que por regla cualquier acto u omisión de la autoridad del poder Legislativo, incluso aquellos de naturaleza intralegislativa, es decir sin valor de ley, son justiciables cuando se afecte algún derecho humano, salvo ciertos supuestos excluidos de manera concreta por el poder constituyente o por el Congreso de la Unión a través de normas constitucionales.

rolando.ramos@eleconomista.mx

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