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Política

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Tribunal Electoral ordena borrar mañaneras por invitar ilegalmente al voto

El tribunal agregó en un comunicado que el INE no advirtió que los dichos denunciados sí estuvieron vinculados con llamamientos al voto.

El presidente López Obrador aseguró desde Palacio Nacional que es un orgullo ser declarado no grato en Perú. Foto: Especial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó este viernes al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, de abstenerse de declaraciones de índole electoral, a cara de los comicios en el Estado de México y Coahuila, además de que deberá borrar el contenido de las conferencias matutinas del 9 y 11 de mayo por hacer un llamado ilegal al voto.

Por unanimidad de votos, el TEPJF revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual negó las medidas cautelares solicitadas por el Partido de la Revolución Democrática, el Partido Acción Nacional y Jorge Álvarez Máynez, respecto de diversas manifestaciones realizadas por el presidente de la República, en las conferencias matutinas ya mencionadas.

El pleno de la Sala Superior, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, declaró procedentes las medidas cautelares, al considerar que la autoridad electoral (INE) no realizó un análisis exhaustivo y contextual,

El tribunal agregó en un comunicado que el INE no advirtió que los dichos denunciados sí estuvieron vinculados con llamamientos al voto y a no votar por determinadas fuerzas políticas, y esto pudiera influir en los procesos electorales locales que trascurren. 

Derivado de lo anterior, también se vinculó al presidente de la República a realizar todas las acciones pertinentes para eliminar el contenido denunciado, y a abstenerse de presentar, difundir y publicar cualquier manifestación que vulnere el principio de imparcialidad y neutralidad.

El TEPJF también declaró procedente la medida cautelar, en su vertiente de tutela preventiva, en relación con el proceso electoral federal 2023-2024, al considerar que ante la conducta reiterada del titular del Ejecutivo Federal era necesario vincularlo a abstenerse de emitir expresiones y declaraciones de índole electoral.

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