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Política

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UNAM va contra la figura del arraigo

Luis de la Barreda, coordinador del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM, envió una carta al Congreso de la Unión, mediante la cual solicita derogar del nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales la figura jurídica del arraigo.

Luis de la Barreda, coordinador del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM, envió una carta al Congreso de la Unión, mediante la cual solicita derogar del nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales la figura jurídica del arraigo, el cual se aplica en México y se ha prestado a todo tipo de arbitrariedad al detener a una persona por tiempo excesivo sin que haya pruebas en su contra.

En conferencia de prensa, el ex ombudsman capitalino explicó que si bien la figura no se menciona en el ordenamiento, permanece vigente en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y una disposición del Código establece, sin decir su nombre, un arraigo más abusivo.

En la sexta fracción del artículo 155 dispone, como medida cautelar, el sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o entidad o, lo más delicado, el internamiento a una institución determinada. Es arbitraria, porque puede aplicarse a toda persona, sin importar el delito y sin las pruebas que permitirían someter a los imputados a un juicio penal .

En la explicación ofrecida, De la Barreda Solórzano argumentó que el arraigo ha sido reprobado por los instrumentos internacionales de la ONU, organismos jurisdiccionales. Hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró anticonstitucional el arraigo pero el Constituyente Permanente hizo caso omiso de ese criterio y la figura jurídica fue incorporada a la Constitución.

No debe permitirse que esa disposición anticonstitucional permanezca en el nuevo código, ya que constituye una contradicción flagrante al enjuiciamiento penal auténticamente acusatorio, propio de un sistema democrático y respetuoso de los derechos humanos .

Además, el arraigo no tiene plazo y puede prolongarse de manera indefinida durante el procedimiento. Es una medida cautelar anticonstitucional e irracional y por estas razones debe eliminarse de nuestro universo jurídico. Este nuevo arraigo ad infinítum y sin restricciones no debe contemplarse .

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