Lectura 3:00 min
La JUR alega que no tiene el informe definitivo de Popular
En junio del 2017 Deloitte Bélgica dio un reporte provisional sobre el valor del banco en caso de venta.
La Junta Única de Resolución (JUR) negó el acceso a un grupo de afectados por la caída de Popular a la versión definitiva del informe que determinó que el banco tenía un valor negativo de hasta 8,200 millones de euros. El argumento del organismo, presidido por Elke König, se basa, tal y como refleja en una carta a la que se tuvo acceso, en que la JUR no tiene dicho documento en sus manos. Pero la entrega del mismo ni siquiera se ha solicitado a Deloitte Bélgica, la firma encargada de hacerlo, según fuentes financieras conocedoras de la situación.
Cuando en junio del 2017 Deloitte Bélgica recibió el encargo para elaborar las valoraciones independientes de Popular, entregó en un primer momento, y de manera urgente, un informe provisional sobre el valor del banco en caso de una venta en un proceso de resolución. Dicho documento, conocido como Valoración 2, se complementaría en el futuro con una versión definitiva y más afinada del mismo, elaborada con datos más precisos y actualizados.
A su vez, Deloitte tenía que llevar a cabo la Valoración 3, un tercer informe destinado a responder la pregunta de si los inversionistas y accionistas de Popular hubieran recibido un trato más beneficioso en caso de haberse sometido a un proceso de liquidación ordinario. La JUR ya recibió este último documento (que determinó un valor negativo de hasta 34,000 millones para la entidad) y anunció que lo publicará (en una versión “no confidencial”) en las próximas semanas.
Deloitte Bélgica se preparó para tener listos ambos informes pendientes a inicios del 2018, de forma que se los pudieran entregar a la JUR en cuanto ésta lo solicitara. Fuentes europeas aseguran que esta petición no se ha formalizado aún en el caso de la versión definitiva del informe de resolución, lo que supone un paso previo imprescindible para obtenerlo.
Como la versión definitiva de la Valoración 2 “no obra en poder de la JUR”, ésta no se ve en la obligación de dar acceso a la misma a los posibles afectados. La legislación a este respecto es de aplicación únicamente sobre “aquellos documentos que estén en posesión de la institución”, según reconoce la autoridad europea de resolución en su misiva.
En manos del BCE
La respuesta de la JUR remitida a este grupo de afectados también explica los motivos por los que no da acceso a los documentos que justificaron la determinación, por parte de las autoridades, de que Popular estaba en graves dificultades o próximo a caer. Esta información fue elaborada por el Banco Central Europeo (BCE) y es un paso previo imprescindible para detonar el mecanismo de resolución.
Tras la negativa rotunda por parte del BCE de facilitar estos datos (amparándose en su deber de confidencialidad y los posibles perjuicios que provocaría a Santander, la entidad compradora, la publicación de cierta información sensible), ahora es la JUR la que también declina la petición de los afectados para acceder a las actas y otra documentación que sirvió para decidir la inviabilidad de Popular.
“Su solicitud tiene que ver con un asunto que queda dentro del ámbito de competencias del BCE”, señala la JUR en su escrito. Esto supone para la autoridad de resolución que, técnicamente, no puede reconocer esos documentos ni dar acceso a los mismos, aunque los tuviera en su poder.