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Prevén dificultades de cumplimiento de fintech en materia antilavado
Expertos prevén dificultades para que las instituciones de tecnología financiera cumplan de manera puntual con las disposiciones, lo que podría traducirse en un problema de multas y daños operativos.
Las instituciones de tecnología financiera, mejor conocidas como fintech, podrían enfrentarse a una problemática que les impactaría en su negocio, y es referente al cumplimiento que tendrán que realizar en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
El proyecto de iniciativa de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, mejor conocida como Ley Fintech, la cual podría aprobarse hoy en el pleno de San Lázaro, contempla que las organizaciones autorizadas para operar bajo esta normativa cumplan con ciertos requisitos en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, algunos similares a los que se manejan en el sistema financiero tradicional.
Sin embargo, expertos en cumplimiento normativo en temas de prevención de lavado prevén dificultades para que las fintech cumplan de manera puntual con dichas disposiciones, lo que podría traducirse en un problema de multas, además de daños operativos y reputacionales.
“Hay un apartado en la ley en materia de prevención de lavado de dinero y este apartado está imponiendo obligaciones muy específicas a la industria fintech en la materia y, además, se está incorporando la visión de un regulador muy experimentado en materia antilavado como es la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)”, explicó Salvador Mejía, socio director de la firma Asimetrics.
De acuerdo con Mejía, la intención de la autoridad en esta materia es que las instituciones fintech tengan una adecuada gestión de riesgos, visión que muchas organizaciones de este tipo minimizan, por lo que existiría una dificultad de cumplimiento una vez que entre en vigor la Ley Fintech.
“La empresa fintech promedio tiene un grave problema; como todo buen empresario lo único que quieren es hacer dinero, no tienen el menor interés en invertir en temas de cumplimiento, que históricamente son áreas que significan un costo”, detalló el directivo de la firma especializada en cumplimiento normativo.
Para el especialista, muchas de estas organizaciones no han vislumbrado la importancia de cumplir en esta materia, por lo que creen que contratar un abogado no especializado en la materia les puede solucionar el tema del cumplimiento; sin embargo, esto puede ser contraproducente para las organizaciones, tal y como pasó con las actividades vulnerables cuando se les impuso un marco normativo similar.
“Yo puedo comparar lo que está por ocurrir con la industria fintech con lo que pasó con las llamadas actividades vulnerables de la Ley Antilavado. Empresas que de un día para otro se vieron obligadas a implementar obligaciones derivadas de la ley y pensaron que con contratar a un abogado (sin que fuera experto) podían sacar adelante estos protocolos, la realidad es que varios años después esa visión produjo resultados contrarios”, acotó.
Mejía añadió que, derivado de esta falta de importancia para cumplir por parte de las actividades vulnerables (por ejemplo, compra o venta de bienes inmobiliarios, vehículos, joyas, entre otros), la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, publicada en el 2012, no ha tenido los resultados esperados, tal y como lo señaló el Grupo de Acción Financiera (GAFI) contra el Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo en su última evaluación que realizó a México.
“El SAT, que tiene a su cargo (la aplicación) de esta ley (antilavado) sabe que tiene que redoblar esfuerzos, lanzar visitas de inspección y multas, entonces la industria que opera bajo la ley antilavado, en el 2018 tendrá que expiar sus culpas por medio de muchas multas”, explicó y agregó que esto no sería diferente con la industria fintech.
“El negocio se trata de identificar riesgos, pero primero se requiere identificarlos. El verdadero problema a enfrentar por parte de la Ley Fintech y de sus jugadores es que éstos pretendan comportarse como se comportaron los actores de la ley antilavado, con soberbia”, puntualizó.
RIESGOS
De acuerdo con lo contemplado en el proyecto de Ley Fintech, la autoridad encargada de supervisar en materia de prevención de lavado de dinero será la CNBV, la cual desde el año pasado comenzó a implementar sanciones más fuertes con el fin de que éstas sean efectivas y disuasivas, tal y como lo recomienda GAFI.
Mejía destacó que esto lo deben tomar en cuenta las fintech, pues la CNBV es un órgano regulador experimentado en la supervisión en la materia, por lo que su descuido en este tema les puede ocasionar fuertes sanciones.
“Si no entienden que tienen obligaciones clarísimas a cumplir (...) van a tener problemas sólo por no cumplir, pues se van a enfrentar a un regulador hecho y derecho como lo es la CNBV”, aclaró.
Asimismo, agregó que también esta falta de interés para cumplir en la materia podría traducirse en problemas de operatividad, pues las entidades bancarias podrían no abrirles las cuentas que necesitan para depositar los recursos de sus clientes.
“Si las fintech tienen un protocolo erróneo en temas de prevención de lavado, como le ha pasado a muchas sofomes, pasaría que los bancos no les van a querer abrir cuentas, al final las fintech tienen que usar los servicios de la banca tradicional”, detalló.
Además, afirmó que en caso de no tener identificados los riesgos, las fintech podrían meterse en problemas más allá de las sanciones, pues por ejemplo, si tienen su servidores en países de alto riesgo para la proliferación de armas de destrucción masiva, podrían ser sujetos de investigaciones de autoridades internacionales, lo que sería un daño reputacional importante para ellas.
“Es una obligación de los nuevos jugadores fintech el tener un protocolo sólido, robusto en materia antilavado, con la finalidad de tener los argumentos para poder decir: somos la siguiente gran cosa, somos la siguiente gran jugada en el sistema financiero”.
funciones a apliCAR
- Las fintech únicamente recibirán recursos de sus clientes que provengan de cuentas abiertas en entidades financieras tradicionales; también podrán realizar operaciones en efectivo, siempre y cuando tengan el aval de la CNBV.
- Los recursos que pasen por medio de las fintech tendrán que estar identificados por cada cliente.
- Las fintech tendrán que establecer medidas para evitar el blanqueo de capitales y financiamiento al terrorismo, mediante una metodología diseñada e implementada bajo el enfoque basado en riesgo.
- Deberán informar a la CNBV reportes sobre actos, operaciones y servicios que realicen con sus clientes, teniendo en cuenta montos, frecuencia, naturaleza e instrumentos monetarios con los que se realicen.
- La autoridad tendrá que emitir disposiciones para las fintech enfocadas al adecuado conocimiento de los clientes, la plena identificación de sus clientes, la forma en la que resguardarán la información de sus usuarios y uso de sistemas automatizados, entre otras.
- Tendrán que contar con un oficial de cumplimiento con funciones y obligaciones en la materia antilavado.