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Toma nota: El 25 de diciembre y el 1 de enero son feriados, estos son tus derechos en el trabajo
Los días feriados no pueden ser considerados como parte del periodo vacacional al que tienen derecho los trabajadores por su antigüedad en el empleo.
El 25 de diciembre y el 1 de enero son días reconocidos por la Ley Federal del Trabajo (LFT) como fechas de descanso obligatorio, esto significa que no existe la obligación para los trabajadores de prestar servicios. Sin embargo, la legislación contempla un escenario para los empleados que acuerdan con las empresas laborar esos días.
El primer escenario legal, es que los días feriados no pueden ser tomados a cuenta de vacaciones. Es decir, si una persona descansa en un festivo previsto en la LFT, es adicional al periodo vacacional al que tiene derecho por sus años de antigüedad.
Esta disposición legal es incluso parte del Convenio 132 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre vacaciones pagadas, este instrumento señala que “los días feriados oficiales o establecidos por la costumbre, coincidan o no con las vacaciones anuales, no se contarán como parte de las vacaciones mínimas anuales pagadas”.
El otro punto para considerar es la compensación adicional que se debe recibir en caso de trabajar en un día feriado. La Ley Federal del Trabajo indica que las personas que laboran en un festivo deben recibir su compensación ordinaria por la jornada laboral más un salario doble, a esto se le llama comúnmente “pago triple”.
“Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”, señala el artículo 73 de la LFT.
La Ley Federal del Trabajo también incluye sanciones por incumplir con la compensación especial por prestar servicios en un día feriado. La multa va de los 5,187 a 518,700 pesos por violar estas disposiciones, y puede ser impuesta por cada trabajador afectado.
Estas son las fechas que considera la legislación laboral como descanso obligatorio:
- 25 de diciembre, por Navidad
- 1 de enero, por Año Nuevo
- Primer lunes de febrero, por el aniversario de la Constitución (5 de febrero)
- Tercer lunes de marzo, por el natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
- 1 de mayo, por el Día del Trabajo
- Primer domingo de junio cuando haya una jornada electoral federal (cada tres años)
- 16 de septiembre, por el aniversario de la Independencia
- 1 de octubre por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal (cada seis años)
- Tercer lunes de noviembre, por el aniversario de la Revolución (20 de noviembre)
Cuando el día de descanso obligatorio coincide con domingo, además del “pago triple”, las personas deben recibir una prima dominical equivalente al 25% del salario ordinario percibido por la jornada laboral.
De acuerdo con el informe Organización del tiempo de trabajo en América Latina: ¿Cuántos días de vacaciones y feriados existen? de la OIT en Latinoamérica hay 18 economías que reconocen días festivos para los trabajadores.
“En la mayoría de los países del mundo existen días considerados festivos o feriados debido a razones históricas, culturales o religiosas. Estos días pueden consagrarse no laborables en la legislación de cada país a nivel nacional, pero también pueden ser negociados en convenios colectivos, o pueden existir de facto como tradiciones culturales no reglamentadas. Estos días aplican generalmente a todos los trabajadores ya sean asalariados o independientes”, indican Sonia Gontero y Javiera Ravest en el informe del organismo internacional.
Días feriados: Lo propuesto en 2024
En 2024 hubo esfuerzos legislativos por ampliar los días feriados para los trabajadores. El tema retornó a la agenda de discusión con tres propuestas presentadas en la Cámara de Diputados.
Las iniciativas presentadas fueron en torno al reconocimiento en la LFT del 1 y 2 de noviembre por las festividades del Día de Muertos y el 12 de diciembre, por el Día de la Virgen de Guadalupe, como días de descanso obligatorio.
Si bien el 1 de octubre fue la última fecha que se integró a la lista de feriados en la Ley Federal del Trabajo, esto se trata de una sustitución por el 1 de diciembre por el día de la transmisión del Poder Ejecutivo; es decir, en términos prácticos la cantidad de festivos para los trabajadores no incrementó.
Los proyectos impulsados este año argumentan, además de la importancia del descanso de los trabajadores para la productividad, el impacto económico de los días libres. En el caso del 12 de diciembre, una justificación de la iniciativa es que no sería la primera vez que la legislación de trabajo reconoce una fecha religiosa, este es el escenario del 25 de diciembre por Navidad.