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¿Es posible disminuir o evitar pagar impuestos en la compraventa de inmuebles? Esto recomienda un notario
Si estás interesado en vender tu propiedad, es posible exentar o deducir el ISR, pero debes contar con ciertos documentos para hacerlo
Comprar o vender un inmueble no es algo sencillo, pues una vez concretada la transacción, las partes involucradas están obligadas a pagar algunos impuestos, lo que significa gastos que muchas veces no están contemplados dentro del presupuesto inicial.
De acuerdo con el portal de bienes raíces de eBay, Vivanuncios, existen ciertas alternativas para exentar o deducir estas aportaciones y así la carga sea menor.
Cabe mencionar que, en México, el comprador de una propiedad normalmente debe efectuar los siguientes pagos:
- Impuesto sobre adquisición de inmuebles (es local y, en algunos lugares, se denomina impuesto al traslado de dominio).
- Derechos de registro público.
- Derechos por la obtención de certificados o constancias de diversas dependencias (tales como el certificado de libertad de gravámenes, constancias de no adeudo de contribuciones, constancias de uso de suelo, planos catastrales, etcétera).
- Erogaciones (pago a gestores, traslados, avalúos, viáticos, etcétera).
- Honorarios del notario y el correspondiente IVA.
En el caso del vendedor, se debe contemplar el gasto por el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el cual sólo lo pagan las personas físicas. En muchos casos, es el propio notario, ante el que se realiza la compraventa, quien lo retiene.
Al respecto, José Antonio Manzanero, expresidente y decano del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, indicó que en ocasiones es posible exentar el pago del ISR o deducir gastos que se restan a la ganancia por la venta. Como resultado, se paga un menor impuesto o no se paga nada.
"Vale la pena mencionar que existen también personas morales no lucrativas obligadas a pagar este impuesto, igualmente hay casos en que algunas personas físicas que tributan con el régimen de actividad empresarial que, aunque sí causan este impuesto, el notario no se los retiene. En estos casos en particular, es apropiado acudir a un notario para pedir asesoría”, comentó Manzanero.
¿Cómo exentar el pago del ISR?
Según Vivanuncios, se encuentran exentos del pago del ISR los ingresos obtenidos por la venta de casa habitación hasta por un monto de 700,000 Udis (aproximadamente 4 millones 376,000 pesos), por cada persona que venda.
Sin embargo, esto sólo se permite siempre que se acredite que es precisamente la casa en la que habita la que está en venta, a través de los siguientes documentos:
- Comprobantes fiscales de pagos efectuados de luz.
- Comprobantes fiscales de pagos efectuados de teléfono.
- Estados de cuenta bancarios, de casas comerciales o de tarjetas de crédito no bancarias.
- Credencial para votar que consigne como el domicilio la casa habitación que se vende.
Los documentos mencionados podrán estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge, de sus ascendientes o descendientes en línea recta.
¿Qué se puede deducir en el ISR?
En los casos en que no se pueda exentar el ISR, podrán deducirse algunos conceptos que tomará en cuenta el notario para calcular el impuesto correspondiente.
Para hacerlo, deberán entregarse facturas y comprobantes fiscales. Vivanuncios remarcó que algunas de estos documentos se obtienen al momento de la compra y otros en el tiempo que se habita el inmueble, por lo que no podrán recuperarse si no se solicitaron en su momento:
- Costo comprobado de adquisición (lo que al vendedor le costó adquirir el inmueble). Se acredita para inmuebles adquiridos antes de abril del 2014 con la escritura correspondiente. Es importante asegurarse de contar con la factura del notario desde la compra del inmueble, de lo contrario no podrá deducirse al momento de la venta.
- Inversiones en construcciones, mejoras y ampliaciones. Se acreditan con las facturas correspondientes con el aviso de terminación de obra o con un avalúo (en este último caso solo al 80%).
- Gastos notariales.
- Comisiones y mediaciones. Factura con el monto que se paga a los mediadores o “corredores” inmobiliarios.
Finalmente, la plataforma recomienda preguntar al notario todo lo relacionado con la exención y deducción del ISR desde la adquisición del inmueble, con el fin de tener los requisitos pertinentes.