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Economía

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Cambiar pensiones máximas de salarios mínimos a UMA violentaría derechos de trabajadores

La ley del IMSS establece una pensión máxima de 25 salarios mínimos, que representan 78,000 pesos. Sin embargo, en el 2017 la diferencia entre el valor de la UMA y el salario mínimo fue de 6%; en el 2018 de 9% y en el 2019 la diferencia es de 21.5%, explicó.

La consultoría actuarial Lockton México realizó un análisis en el que plantea que se debe cambiar el criterio de salario mínimo a UMA (Unidad de Medida y Actualización) en el tope máximo de pensiones, pues de mantenerlo así, se beneficiaría sólo a las personas de mayores ingresos.

Ana María Montes, directora del organismo, explicó que, actualmente, el salario mínimo es de 102.68 pesos (sin considerar zona fronteriza del norte del país); mientras que una UMA equivale a 84.49 pesos, con lo que existe una diferencia de 21.5 por ciento.

“La ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) establece una pensión máxima de 25 salarios mínimos, que representan 78,000 pesos, pero si se consideran UMA, sería una pensión de 64,000 pesos, es decir, con el criterio de salario mínimo, la pensión de la persona aumenta más de 21.5 por ciento”.

Mencionó que si bien es un beneficio para las personas que tienen ingresos mayores a los 64,000 pesos mensuales es un impacto para las finanzas públicas, ya que son incrementos significativos que se pagarán con los ingresos que se obtienen del pago de impuestos.

Gerardo López, experto en pensiones y abogado de la Universidad Panamericana comentó que cambiar el criterio de salarios mínimos a UMA, violentaría los derechos de los trabajadores, ya que sus cotizaciones al seguro social se han hecho con base en salarios mínimos.

“Los trabajadores han estado aportando en función de su salario no en función de UMA, eso debe considerarse para tratar de modificar la medida. Creo que no es congruente modificarle esta forma de cálculo de pensión al trabajador, sobre todo si él ha estado aportando con el salario que percibe y no en unidades de medida”.

Detalló que las aportaciones tripartitas que hacen tanto los trabajadores como las empresas y el gobierno son con base en el salario de cada persona y no en UMA.

“No podemos exclusivamente analizar el resultado de lo que sale de una tubería, sino también cómo entran los recursos; de lo contrario, podríamos encontrar inconsistencias que pudieran generar algún faltante financiero”.

Reiteró que si una persona lleva 20 años cotizando con base en el salario que percibe, no se le puede cambiar el criterio del cálculo de su pensión, aun cuando haya registrado un salario mayor en toda su vida laboral.

A su parecer, la ley del seguro social es clara y precisa: si aportas poco, recibes una baja pensión, y si aportas mucho, porque ganaste un buen salario, tu pensión debe ser lo proporcional.

La directora de Lockton enfatizó en que existe un rezago entre el valor de la UMA y el salario mínimo. En el 2016, se determinó que el valor de la UMA se igualaría al salario mínimo en 73.04 pesos diarios y se actualizaría cada año con base en la inflación.

Sin embargo, en el 2017 la diferencia entre el valor de la UMA y el salario mínimo fue de 6%; en el 2018 de 9% y en el 2019 la diferencia es de 21.5%, explicó.

“Sabemos que hay un criterio de la Suprema Corte donde dice que, sí hace sentido que se tome en cuenta el salario mínimo para cuestiones inherentes al trabajador o el tema de seguridad social, pero hay que poner en contexto que la política social debería buscar protección a los que están más desprotegidos”.

Mencionó que del presupuesto que se tiene para pensiones y jubilaciones en el 2019, 90% es para aquellos trabajadores que están afiliados a esquemas de pensiones del gobierno como Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad o el IMSS e ISSSTE.

elizabeth.albarran@eleconomista.mx

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