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Constituir una empresa fantasma no se detecta fácilmente: notarios
Ante un profesional de este tipo puede acudir cualquier persona.
Si una persona cumple con los requisitos de ley para constituir una empresa, la obligación del notario es constituirla y no la de darle seguimiento a sus operaciones; por ello, es difícil saber si ésta será una empresa fantasma que realizará operaciones falsas, explicó Marco Antonio Espinoza, representante del Colegio Nacional del Notariado Mexicano.
Aunque aceptó que puede haber casos en los que el notario esté consciente y participe en la creación de una empresa fantasma, enfatizó que estas malas intenciones no siempre salen a la luz a la hora de formar una compañía.
Así, el hecho de que un notario haya registrado a una empresa fantasma no quiere decir que haya sido de forma dolosa, pues probablemente una persona se acercó con todo lo necesario para constituir la compañía y aunque ésta sepa que será una firma fraudulenta, no necesariamente se lo hace saber al especialista notarial.
No es que lleguen las personas a decir: Quiero una empresa fantasma. Es importante diferenciar cuál es la verdadera función de un notario , dijo Marco Antonio Espinoza.
Recordó que ante un notario puede comparecer cualquier persona para constituir una empresa, para ello sólo es necesario que se diga las características que tendrá, con cuánto capital cuenta y la actividad lucrativa que tendrá.
El notario sólo está obligado a verificar que quien comparece realmente sea quien dice y en algunos supuestos verifica las aportaciones del capital social, aunque no es necesario acreditarlo; cumple con los requisitos de la ley antilavado y hace el reconocimiento ante el Registro Público de la Propiedad.
De acuerdo con el Portal de Prevención de Lavado de Dinero, los notarios deben verificar la identidad basándose en credenciales o documentación oficial y recabar copia de esto; solicitar información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del dueño beneficiario y, en su caso, pedir la documentación oficial que permita identificarlo.
Además, para los casos en que se establezca una relación de negocios, los notarios deben solicitar información sobre su actividad u ocupación.
Un notario puede constituir la empresa con todos los requisitos legales, la puede dar de alta en el Registro Público de la Propiedad y luego en el Registro Público del Comercio, pero si la empresa no tiene actividades o realiza alguna actividad ilícita, no es responsabilidad del notario; ello ya escapa de su esfera de competencia , aclaró.
Dijo que un notario solamente puede detectar algunos supuestos que indiquen la constitución de una empresa fantasma antes de constituirla y, por ello, para detectarlos es necesario que los parámetros de la formación de una compañía están establecidos en la ley antilavado.
Hay parámetros para abrir una empresa
Por ejemplo, la constitución de varias empresas por una sola persona y que su capital rebase los parámetros establecidos dispara una alerta hacia la Unidad de Inteligencia Financiera. La ley antilavado estable como parámetro para la constitución de una empresa 235,000 pesos, aproximadamente. Los notarios deben poner especial énfasis cuando la empresa se constituye con capitales en efectivo y se rebasa el umbral que establece la ley, el cual es de 8,025 veces el salario mínimo.
En caso de que se detecte que un notario participó en actividades poco transparentes puede hacer amonestaciones, suspensiones o incluso pueden llevar a la pérdida de su patente como notario, informó el representante del Colegio del Notariado Mexicano.