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Economía

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Corte resuelve que el cobro del IDE no viola garantías de legalidad

La Suprema Corte resolvió que con la creación de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), vigente desde julio del 2008, el Poder Legislativo no violó las garantías de legalidad y seguridad tributaria.

La Suprema Corte resolvió que con la creación de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), vigente desde julio del 2008, el Poder Legislativo no violó las garantías de legalidad y seguridad tributaria, ya que actuó en el marco de atribuciones que confiere la Constitución.

Ello, al comenzar a desahogar diversos amparos promovidos en contra de esta Ley, a través de la cual se instauró el IDE.

En la sesión pública se explicó que de los seis amparos a revisar, cinco se habían promovido con motivo de la recaudación del impuesto a contribuyentes que tienen una cuenta en alguna institución bancaria y otro a partir de la adquisición en efectivo de cheques de caja.

El pleno comparte la postura (...) de que el diseño del sistema tributario a nivel de leyes pertenece al ámbito de facultades legislativas y como tal lleva aparejado un margen de configuración política amplio, mas no ilimitado, reconociendo a los representantes de los ciudadanos (los legisladores) para establecer el régimen legal y los tributos , fue el planteamiento de la ponencia a cargo de la ministra Olga Sánchez Cordero.

Se explicó que el IDE no constituye una privación patrimonial definitiva, salvo en los casos en los que existe un incumplimiento en las obligaciones en el Impuesto Sobre la Renta.

También se analizó si existía un trato diferenciado injustificado entre contribuyentes por el IDE, en función del monto exento de 25,000 pesos establecido por los legisladores. Desde el año pasado el monto libre de IDE es de 15,000 pesos mensuales.

valores@eleconomista.com.mx

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