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El SAT debe informar sobre personas con beneficios fiscales
El órgano recaudador había argumentado que tenía que resguardar la información.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) desclasificó como secreto fiscal nombres de personas físicas o morales que fueron beneficiadas con la cancelación o condonación de créditos fiscales, así como los montos, por ser mayor el interés de conocer la información que resguardarla.
El INAI instruyó al Sistema de Administración Tributaria (SAT) entregar la información relacionada con el motivo, nombre, denominación y razón social de las personas a quienes se les condonó o canceló algún crédito fiscal del periodo de enero del 2007 al 31 de diciembre del 2013, así como el monto de tales créditos de enero del 2007 al 4 de mayo del 2015.
Asimismo, el motivo de la cancelación o condonación de cada uno de los casos correspondientes al periodo del 1 de enero del 2014 al 15 de mayo del 2016.
En su exposición ante el pleno, el comisionado ponente, Óscar Guerra Ford, afirmó que se debe transparentar cómo el SAT ejerció su facultad de condonar y cancelar créditos fiscales, que significaron 822,500 millones de pesos en el periodo del 2007 al 2016, lo que representa 4.5% del Producto Interno Bruto.
Se aplicó una prueba de interés público, a través de la cual se determinó que al transparentar la manera en que el SAT ejerce sus atribuciones en relación con la condonación o cancelación de créditos fiscales, existe un interés mayor de dar a conocer cómo se otorgaron a los beneficiarios de un gasto fiscal que el Estado dejó de percibir y que como tal afecta a la ciudadanía en general, tanto por la merma en los ingresos al presupuesto como a los contribuyentes, a quienes no se les otorgó dicho beneficio , explicó el comisionado antes de exhortar al SAT a dar cumplimiento a esta resolución.
Con la nueva Ley Federal de Transparencia, este instituto ya cuenta con facultades para poder imponer medidas de apremio, consistentes en una amonestación pública o multa , advirtió Óscar Guerra Ford.
Esta resolución se deriva del recurso de revisión de una persona que expuso su inconformidad con la respuesta del SAT a su requerimiento de conocer los nombres de los contribuyentes con adeudos fiscales condonados o cancelados, entre enero del 2007 al 9 de mayo del 2016.
Grandes contribuyentes, ?los más beneficiados
Cabe destacar que en dicho periodo se encuentran los créditos fiscales condonados por el programa Ponte al Corriente en el 2013. Los resultados que más destacaron en este tiempo fueron los beneficios fiscales que tuvieron los grandes contribuyentes, por ejemplo la empresa Televisa obtuvo una condonación de 3,000 millones de pesos en pago de impuestos.
Posteriormente, la Auditoría Superior de la Federación informó, al difundir la Cuenta Pública del 2013, de un daño a la hacienda pública federal provocado por el SAT, que devolvió 1,123 millones 614,001 pesos a Sabritas, Gamesa, ProLogis Investment y a Scotiabank Inverlat.
De acuerdo con la información del INAI, han sido emitidas otras 32 resoluciones en la misma materia que no se han acatado y que han motivado denuncias del instituto ante la Secretaría de la Función Pública; en 15 de ellas decidió que se archivaran por no haber encontrado responsabilidad administrativa de servidores públicos por ese incumplimiento y quedan 17 pendientes.
El SAT ha contestado al INAI que el nombre de personas físicas o morales y la clave del Registro Federal de Contribuyentes a quienes se les canceló o condonó créditos fiscales entre enero del 2014 y el 15 de mayo del 2016 puede ser consultado en su portal de Internet, mientras que los montos pueden ser consultados a partir del 5 de mayo del 2015.
Sin embargo, no es posible consultar el motivo de la cancelación o condonación en cada uno de los casos, el INAI dijo que en este sentido el organismo recaudador proporciona la información de forma genérica, situación por la cual es complejo entender, por ejemplo, bajo qué características en el 2015 se condonó a Sabritas -una empresa a la que se le aplica el impuesto contra la obesidad- un total de 929 millones 492,858 pesos, de acuerdo con datos de la Auditoría Superior de la Federación.
En su respuesta, el SAT argumentó que con base en el artículo 14 fracción II de la Ley Federal de Transparencia en relación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, los datos mencionados de los beneficiados con la cancelación o condonación de créditos fiscales del 1 de enero del 2007 al 31 de diciembre del 2013 es información clasificada como reservada 12 años por ser secreto fiscal.
Sin embargo, el INAI estimó que se trata de información que da cuenta de quiénes obtuvieron un beneficio fiscal, relacionado directamente con una política pública de carácter fiscal que implica una disminución en la recaudación, que puede ser entendido como un gasto en sentido negativo a cargo del erario .
Otros tiempos, otros indultos
Durante seis años y con apego al artículo 92 del Código Fiscal de la Federación, Francisco Gil Díaz evitó que empresarios y personajes populares que incurrieron en actos de defraudación fiscal fueran a la cárcel.
De acuerdo con una investigación de la revista Emeequis, Gil Díaz, como titular de Hacienda, solicitó sobreseer, esto es, desistir de la acusación penal los procesos por delitos fiscales de 14 grandes evasores de impuestos, entre los que destacan el conductor de televisión Adal Ramones y los empresarios David Peñaloza y Xavier Autry Maza, que se vieron favorecidos con las privatizaciones y concesiones que recibieron en el gobierno de Carlos ?Salinas de Gortari.
El artículo 92 del Código Fiscal de la Federación establece que los procesos por delitos fiscales se sobreseerán a petición de Hacienda, cuando los procesados paguen las contribuciones originadas por los hechos imputados.
Por mucho tiempo, la Secretaría de Hacienda se negó a identificar a los empresarios privilegiados con la aplicación de dicho artículo.
A inicios del 2013, la dependencia entregó a la revista una versión pública de los 18 expedientes sobreseídos que, de acuerdo con la publicación, involucraban 19 causas penales y 32 personas. Esto sucedió después de que interpusiera un recurso de revisión cuando la dependencia negó la información solicitada vía la Ley de Acceso a la Información Pública.
El IFAI (hoy INAI) argumentó que aunque Hacienda puede apegarse al artículo 92 en forma discrecional, esta facultad no debe quedar exenta de controles que permitan acreditar su ejercicio bajo el principio de igualdad.
Paquita la del Barrio y Banda el Recodo, otros de los perdonados. (Con información de Redacción)