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Emplearán a testigos protegidos; delatarán a empresas fantasma
El objetivo es llegar a las cabezas de organizaciones criminales.
Para acabar con la evasión de impuestos de empresas fantasma, que emiten facturas apócrifas, se utilizará la figura de testigos protegidos, confirmó el procurador fiscal de la Federación, Carlos Romero Aranda.
“Para poder llegar a las cabezas de las organizaciones criminales de factureros se busca, precisamente, los beneficios que da el Estado en la excepción del régimen de delincuencia organizada. Esto es criterios de oportunidad, es decir, usar la figura de los testigos protegidos para ir a las cabezas”, dijo luego de asistir al Conversatorio: México, Integración Económica Mundial y Política Comercial del gobierno de la 4T y su impacto en la hacienda pública en el Senado de la República.
Lo anterior lo comentó en referencia a las reformas que están impulsando algunos senadores al Código Fiscal de la Federación, a las leyes contra la delincuencia organizada y de seguridad nacional; así como al código nacional de procedimientos penales con el fin de que se pueda considerar como delincuencia organizada cualquier tipo de defraudación fiscal.
Según la iniciativa, existen grandes grupos de defraudación fiscal, los cuales califica de “organizados y sofisticados” y que promueven la evasión fiscal. Por ello, se propone un régimen de excepción, que permita el uso de la figura de testigos protegidos para atrapar de manera más rápida a los líderes de estos grupos.
Romero Aranda indicó que los testigos protegidos pueden ser cualquier persona que haya sido responsable de cualquier delito.
“En el caso de los factureros, los testigos protegidos podrían ser aquellos prestanombres o testaferros, y deberán declarar quién los puso, quién los contrató y quién es el beneficiario final”.
Abundó que también se utilizarán otros mecanismos como la intervención telefónica con autorización judicial e infiltrados para detectar a los líderes de las empresas fantasmas.
“Todo esto da lugar a la prisión preventiva oficiosa”, remarcó.
A su parecer, no es un castigo menor, pues la evasión fiscal vía facturas falsas implica pérdidas al erario por 500,000 millones de pesos, “monto que supera lo que se destina a los programas sociales en un año”.
Para garantizar los procesos de combate a la evasión, el procurador afirmó que tendrán diversos filtros de seguridad. “Primero está el Servicio de Administración Tributaria (SAT), luego la procuraduría fiscal, luego la fiscalía y después el juez de control. Entonces, si todos los actos están emitidos conforme a derecho, podrán presentar amparo, pero de eso a que procedan...”.
Sanciones con cárcel
En abril de este año, la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Fiscal de la Federación para endurecer las penas a quienes emitan y procesen facturas falsas. Los cambios deberán ser evaluados y probados por el Senado.
Se modificó la fracción III del artículo 113 de Código Fiscal y se adiciona un 113 bis. En dicha fracción se estipuló que se impondrán sanciones de tres meses a seis años de cárcel a quienes adquieran los comprobantes fiscales que amparen “operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados”.
Mientras que en el bis del mismo numeral se agregó que se aplicarán penas de tres a seis años de prisión a quienes vendan y expidan las facturas falsas.
Una factura se considera falsa porque si bien cuenta con los elementos formales y autorizados por el SAT, ampara operaciones que no se llevaron a cabo. Quienes las venden son conocidas como facturadoras —las llamadas empresas fantasma— y usualmente son empresas que no cuentan con activos, personal, infraestructura o no son localizables. Éstas reciben una comisión por factura que venden.
Además, el que se emitan facturas falsas implica que el gobierno devuelva indebidamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por un supuesto pago de impuestos, que realmente nunca se efectuó.
SAT ha detectado 8,540 empresas fantasma
De acuerdo con la lista negra del SAT, al corte del 15 de agosto de este año se ha identificado a un total de 8,540 empresas fantasma.
Esta lista negra entró en vigor en el 2014 y se sustenta en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, el cual precisa que cuando el fisco detecte que un contribuyente emite facturas sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o comercializar bienes, o si bien no se localizan, se presumirá la inexistencia de las operaciones, es decir, que simulan operaciones o son empresas fantasma.
El SAT le notifica al contribuyente que ha sido identificado como presunto simulador a través de su Buzón Tributario y éste tendrá un plazo de 15 días para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a presumir la simulación de operaciones.
En tanto, el órgano recaudador tiene en la mira a otras 1,432 empresas que podrían considerarse fantasma; no obstante, éstas aún están a tiempo para presentar la documentación y pruebas que sustenten sus operaciones.