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En el 2020, plataformas digitales dejaron 8,663 millones de pesos de recaudación
En la segunda mitad del año pasado entraron en vigor diversas disposiciones fiscales; con ello, en toda transacción de venta y prestación de servicios a través de plataformas se debe cobrar IVA y retener el ISR sobre los ingresos que generen trabajadores a través de éstas.
Los cambios fiscales en materia de plataformas digitales dejaron una recaudación de 8,663 millones de pesos el año pasado, de acuerdo con la información que entregó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en la Cuenta Pública 2020.
“Con el fin de mejorar el cumplimiento en el pago de los impuestos de los diferentes participantes de los modelos de negocio de la economía digital, aprovechando sus ventajas, se introdujo un esquema tributario para regular las operaciones de los prestadores de servicios digitales y los de intermediación, procurando no inhibir su desarrollo”, explicó la dependencia en el documento entregado a la Cámara de Diputados.
Hacienda informó que por concepto del Impuesto sobre la Renta (ISR) se obtuvieron 1,754 millones de pesos de recaudación, esto a través de las retenciones que se hicieron a aquellas personas que ganan ingresos a través de estas plataformas.
En el caso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), los ingresos que se obtuvieron vía plataformas digitales fueron por 6,908 millones de pesos.
Piso parejo
En la segunda mitad del año pasado entraron en vigor diversas disposiciones fiscales para las plataformas digitales. Con ello, en toda transacción de venta y prestación de servicios a través de ellas se debe cobrar IVA, al tiempo que se debe retener el ISR sobre los ingresos que generen trabajadores a través de éstas.
Estas medidas, de acuerdo con la dependencia a cargo de Arturo Herrera, se hicieron para poner el “piso parejo” entre los contribuyentes ya que la economía digital ha generado diversos retos para los fiscos a nivel internacional.
En este tenor, se espera que a mediados del año la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) llegue a un consenso para gravar a estas empresas multinacionales ya que si bien algunos países, como México, han optado por medidas unilaterales, aún queda pendiente ver la manera adecuada de gravar las ganancias que tienen estas plataformas.
Ante esto, en una conversación pasada con El Economista, Arturo Herrera dijo estar seguro de que el acuerdo se haga realidad gracias a la llegada de Joe Biden a la presidencia de Estados Unidos, con lo cual el país vecino del norte volvió a apoyar el plan de la OCDE.
Si se llega al acuerdo de un impuesto mínimo para la economía digital, como lo plantea la OCDE, el Paquete Económico 2022 que presente la SHCP al Congreso contemplaría este gravamen, así como otras medidas que recomiende la organización internacional.
“Usualmente nosotros hacemos una discusión y procesos de cambios relevantes a la estructura tributaria del país una vez al año, que es cuando presentamos el Paquete Económico. Entonces, si logramos cerrar los acuerdos dentro de la OCDE y el G-20, después llevaríamos esto, muy probablemente, a la propuesta de Miscelánea Fiscal que presentaríamos en septiembre”, dijo Herrera
Padrón sigue creciendo
Este lunes se actualizó, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el listado de las empresas que fungen como plataformas tecnológicas en el país y que se han inscrito al padrón del Servicio de Administración Tributaria (SAT) como parte del cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Al corte del 30 de abril pasado, este padrón sumaba 101 registros, 15 más que en su última actualización de marzo. Ahora se añadieron plataformas como Twitter, la app de entrenamiento Zwift, los servicios de citas en línea Plenty of Fish así como Match, entre otros.
La publicación del listado se hace para el cumplimiento con la ley, en la cual se solicita la inscripción de estas plataformas al padrón de contribuyentes, así como tener un representante legal y proporcionar un domicilio en territorio nacional, entre otras obligaciones.
“El SAT publicará tanto en su Portal de Internet como en el DOF, de manera bimestral a más tardar los primeros 10 días de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año, el listado de los residentes en el extranjero sin establecimiento en el país que proporcionan servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional y que se encuentren inscritos en el RFC”, dictó la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2020.
A partir de este año, aquellas plataformas que incurran en la omisión del cumplimiento de sus obligaciones fiscales —como lo es registrarse en el padrón de contribuyentes— podrán ser acreedoras a un bloqueo de acceso a Internet de sus servicios.
Lo anterior se da porque, de acuerdo con la Secretaría de Hacienda, las medidas que entraron en vigor desde la segunda mitad del 2020 no han sido suficientes para lograr el cumplimiento deseado de las plataformas.