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Faltan reglas para aprovechar los beneficios fiscales para el nearshoring: IMCP
El otorgamiento de los incentivos está dirigido a personas morales del régimen de ISR, el simplificado de confianza y personas físicas que realizan actividades empresariales.
Para aprovechar los incentivos fiscales en proyectos nearshoring faltan las letras chiquitas, los detalles que permitirán a los exportadores aprovechar los incentivos decretados por el Presidente de México, comentó la presidenta saliente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Laura Grajeda.
De acuerdo con ella, mientras no se publiquen las reglas que precisen el tipo de activos que serían sujetos de deducción inmediata, como propone el decreto, no se puede conocer el porcentaje específico del descuento al que pueden aspirar.
La directiva, que hoy se despide del gremio, observó que los estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora, precisados en el decreto del 11 de octubre, son consistentes en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación.
Entrevistada por El Economista enfatizó que mientras no se defina el tipo de activos, el contribuyente no puede optar por aplicar el estímulo fiscal, aunque esté establecida su aplicación para los ejercicios fiscales de 2023 y 2024.
El pasado 11 de octubre, se publicaron el el Diario Oficial de la Federación (DOF) una serie de incentivos fiscales para empresas exportadoras de 10 sectores que el Ejecutivo clasificó como clave para la industria mexicana.
Estos sectores pertenecen a las industrias de semiconductores, automotriz (especialmente en la electromovilidad); eléctrica y electrónica; dispositivos médicos y farmacéuticos; la agroindustria y de alimentación humana y animal.
De acuerdo con el subsecretario de Hacienda, Gabriel Yorio, la aplicación de estos estímulos puede incentivar la llegada de inversiones hasta por 20,000 millones de dólares adicionales.
Resolución miscelánea
La Presidenta saliente del IMCP detalló que el otorgamiento de los incentivos está dirigido a personas morales del régimen de Impuesto sobre la Renta (ISR), el simplificado de confianza y personas físicas que realizan actividades empresariales.
Matizó que “se tienen que leer las letras pequeñas para que generen efectivamente los beneficios y preferentemente éstas deben estar revisadas por contadores”.
Para otorgar certidumbre jurídica, estas letras pequeñas, se tienen que resolver en las reglas vía resolución miscelánea.
Lo que se lee, por ahora, muestra que se trata de beneficios fiscales para contribuyentes que fabrican ya bienes en el país y los exportan.
El decreto
Tal como se lee en el decreto, publicado en el DOF el pasado 11 de octubre, será posible la deducción acelerada de inversiones en proporciones de 56 a 89% durante el resto de este año y el próximo, es decir, hasta el 31 de diciembre del 2024.
Adicionalmente, se garantiza una deducción de 25% de los gastos destinados a la capacitación de los trabajadores. Este incentivo se aplicará durante tres años, que corren desde ahora, el 2024 y el 2025.
Según lo informado en el decreto, los contribuyentes pueden optar por aplicar el estímulo fiscal establecido durante los ejercicios fiscales del 2023 y 2024 sobre el monto de los ingresos provenientes de las exportaciones de bienes que representen, al menos, 50% de su facturación total en cada ejercicio.
También pueden acceder a estos beneficios las empresas que se dediquen a realizar obras cinematográficas o visuales protegidas por el derecho de autor y estarán disponibles en todos los estados y municipios.
Laura Grajeda termina su ciclo de dos años como presidente del IMCP y a partir de mañana, viernes 10 de noviembre, queda en el cargo Héctor Amaya Estrella, quien ocupará la presidencia hasta el 2025.