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Economía

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Industriales y Prodecon, comprometidos para resolver conflictos fiscales

La Procuraduría opera con un presupuesto de $830 millones al año; contribuyentes han pagado 20,000 millones.

La Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) reiteraron su compromiso para resolver de forma transparente y anticipada los conflictos que surjan en auditorías o revisiones para verificar el pago de impuestos.

Edson Uribe Guerrero, subprocurador general de la Prodecon, destacó que la dependencia que representa pretende disminuir la judicialización de los conflictos fiscales de manera rápida, ya que son los más profundos.

Dijo que la Procuraduría opera con un presupuesto de 830 millones de pesos al año y los contribuyentes han pagado cerca de 20,000 millones de pesos a través del proceso de mediación, lo cual es un signo de confianza.

Nos encargamos de poner mesas parejas y elementos transparentes para que el contribuyente tenga la certeza jurídica durante la auditoría , aseguró el funcionario durante una reunión con integrantes de la Concamin.

Por su parte, Humberto Portillo Luja, presidente de la Comisión Fiscal de la Concamin, reconoció la importancia y avances de la Prodecon y reiteró que el sector industrial mexicano trabaja de la mano para garantizar el derecho de contribuyentes a través de asesorías, reuniones y orientaciones.

En la reunión, los sectores productivos presentes expresaron su preocupación en torno al robo de identidad y las compulsas realizadas por la autoridad fiscal por concepto de operaciones con contribuyentes situados en el artículo 69-B del CFF, donde afirmaron: Se exige de manera irracional, en algunos casos, comprobar la materialidad de la operación mencionada .

Sobre el particular, la Procuraduría señaló que efectúa las diligencias pertinentes para dar la mayor transparencia y protección de los derechos de los contribuyentes; aunado a lo anterior, hizo la invitación a los sectores productivos a presentar de manera formal ante esta instancia las inconformidades en estos supuestos.

Por otro lado, a través del reporte Prodecontigo correspondiente a julio, el ombudsman fiscal informó que de acuerdo con la interpretación del artículo 5 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS) vigente en el 2014, consideró que sí se permite la figura de la devolución de ese impuesto.

Esta procuraduría consideró que dicho artículo sí permite la figura de la devolución de ese impuesto, pues no se advierte que el legislador, al establecer la compensación como un medio más ágil para recuperar los saldos a favor, tuviera la intención de impedir o eliminar la figura de la devolución , precisó.

En el artículo 5 de la LIEPS se puede leer que cuando la declaración de pago mensual resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá compensarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los pagos mensuales siguientes hasta agotarlo y que cuando no compense el saldo a favor contra el impuesto que le corresponda pagar en el mes de que se trate o en los dos siguientes, pudiendo haberlo hecho, perderá el derecho a hacerlo en los meses siguientes hasta por la cantidad en que pudo haberlo compensado . (Con iformación de Belén Saldívar)

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