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Economía

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Piden exentar de ISR a jubilaciones

El PAN en el Senado presentó una iniciativa de reforma para liberar del pago del ISR a todo tipo de jubilaciones, pensiones, haberes de retiro y pensiones vitalicias, tanto para trabajadores públicos, privados y elementos del Ejército mexicano.

El PAN en el Senado presentó una iniciativa de reforma para liberar del pago del ISR a todo tipo de jubilaciones, pensiones, haberes de retiro y pensiones vitalicias, tanto para trabajadores públicos, privados y elementos del Ejército mexicano.

El senador panista Jorge Ocejo consideró que la retención "desproporcionada e inequitativa" del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que desde el 1 de enero del 2010 realiza el IMSS a los trabajadores con pensiones que exceden los nueve salarios mínimos, es un acto inconstitucional que afecta a 220,000 pensionados.

"Este hecho desató un justificado malestar y reclamo generalizado de todos los pensionados afectados, pues nunca había sido objeto de dicha retención, además de que no recibieron ningún aviso previo ni justificación alguna de las razones por las cuales se debería de aplicar dicho descuento", aseveró Ocejo Moreno, aunque datos de la Comisión de Seguridad Social del Congreso, precisan que el impuesto ya se ha aplicado a diversos trabajadores en otras ocasiones.

Moreno presentó ayer una iniciativa de reforma a la Ley del ISR para excentar de dicho impuesto a todos tipo de jubilaciones y pensiones previstas para los trabajadores afiliados al IMSS, el ISSSTE, las Fuerzas Armadas, las Sociedades Cooperativas y a las leyes de seguridad social de los estados del país.

La propuesta de Ocejo, que con su nuevo reglamento interno el Senado analizará y emitirá dictamen antes de 30 días, considera que "las aportaciones (a las pensiones) constituyen un seguro que tiene derecho a recibir el trabajador de forma íntegra, para garantizarle a él y a su familia, una subsistencia digna, prever su capacidad por vejez o invalidez".

Argumenta que el Artículo 123 de la Constitución ordena que los salarios de los trabajadores no se graven, excepto en casos específicos, pero las pensiones no deben ser sujeto de ningún tipo de retención.

Consideró que de acuerdo con la Suprema Corte, el cobro de impuestos debe realizarse en proporción a la capacidad contributiva de los ciudadanos.

jmonroy@eleconomista.com.mx

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