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Se podrá declarar vía telefónica
Este año las personas físicas que tengan un único patrón y cuenten con un máximo de 25 facturas electrónicas de deducciones personales podrán presentar su declaración anual vía telefónica.
Este año las personas físicas que tengan un único patrón y cuenten con un máximo de 25 facturas electrónicas de deducciones personales podrán presentar su declaración anual vía telefónica.
En años anteriores sólo se permitía hacer la declaración anual vía telefónica cuando ésta fuera en ceros, pero en la primera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para el 2017, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicó que durante marzo y abril las personas físicas que hayan o no tenido ingresos en el 2016 podrán optar por presentar la declaración anual correspondiente al 2016, siempre y cuando tengan las condiciones mencionadas.
El SAT añadió que esta opción se presenta para los contribuyentes de quienes se habla en el artículo 150 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el cual destaca que las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas, y que solamente tienen la opción de no presentar su declaración aquellas que obtengan ingresos acumulables menores a 400,000 pesos.
Respecto de los 25 comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) relacionados con deducciones que los pagadores de impuestos pueden mencionar en su declaración por teléfono, el organismo recaudador indicó que sólo aquellos que se encuentren en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Dicho artículo menciona que para calcular el impuesto anual, las personas físicas residentes en el país podrán hacer deducciones personales de los pagos de honorarios médicos y dentales, gastos funerarios donativos no onerosos así como los intereses reales pagados de créditos hipotecarios.
También podrán hacer deducibles las aportaciones complementarias de retiro, las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud pública; asimismo son deducibles los gastos destinados a la colegiatura y la transportación escolar de sus hijos; los pagos efectuados por concepto del impuestos local sobre ingresos por salarios y en general por la presentación de un servicio personal subordinado.
Condiciones para ?la declaración
En la última resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para el 2017, el SAT precisó que para que las personas físicas puedan presentar su declaración anual por teléfono también será necesario que acrediten su identidad ante la autoridad fiscal contestando correctamente las preguntas que se les formulen sobre la validación de sus datos.
Por lo anterior, se recomienda que antes de que el contribuyente marque a la línea correspondiente para hacer su declaración, tenga todos los documentos y datos fiscales a la mano.
Además será necesario que en el aplicativo para presentar la declaración anual exista información precargada por la autoridad relacionada con sus ingresos, deducciones personales, una cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, ésta debe estar a nombre del contribuyente. Esto es necesario para que el fisco pueda devolverle el saldo a favor; para el caso de la declaración por teléfono el importe del saldo a favor deberá ser igual o menor a 10,000 pesos.
El organismo recaudador explicó que después de terminar la declaración fiscal vía telefónica el contribuyente obtendrá a través del correo electrónico registrado en las bases de datos del SAT, durante el día hábil siguiente, su acuse de recepción de la declaración con saldo a favor, o el acuse con la línea de captura en caso de impuesto a cargo.