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Economía

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Reformas a ley antilavado requieren ajustes: ABM

Podrían considerar reformar otros ordenamientos jurídicos tales como la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

El Senado analiza reforma contra el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.

El Senado analiza reforma contra el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.Foto: Especial

En Parlamento Abierto, convocado por la Comisión de Justicia de la Cámara de Senadores, para discutir las reformas en ciernes a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recurso de Procedencia Ilícita, José Luis Stein, coordinador del Comité de Lavado de Dinero de la Asociación de Bancos de México (ABM), afirmó que los cambios propuestos son positivos, pero que se requiere de ajustes para enriquecer el proyecto, entre otros, sobre la regulación de fideicomisos. 

El representante de la ABM aclaró que se trata de un tema fundamental, clave, y que la fórmula ganadora es trabajar entre autoridades y entes regulados o sujetos obligados bajo actividades vulnerables para dar los mejores resultados

Acto seguido hizo ocho propuestas puntuales; sobre la regulación de fideicomisos explicó que la iniciativa establece que los que realicen actividades vulnerables deberán designar a un representante ante ante la Secretaría de Hacienda que sea encargado del cumplimiento de la ley, con la finalidad de brindar una mayor seguridad jurídica a todas las personas involucradas, pero que es importante explicitar que dicha responsabilidad no recaerá en el fiduciario, quien, ante la posible falta de cooperación en materia de información, pudiera quedar en estado de indefensión y aclarar que el encargado del cumplimiento debe ser el fideicomitente ya que es la parte que cuenta con la mayor información sobre sobre el objeto que se persigue, y en su defecto al fideicomisario en su calidad de beneficiario.

“Con la finalidad de reforzar las políticas contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, el legislador podría considerar reformar otros ordenamientos jurídicos tales como la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito para posibilitar así que los bancos puedan dar por terminado aquellos compromisos que de forma dolosa incumplan con la ley antilavado, así los bancos podríamos coadyuvar con la autoridad de manera más efectiva’’.

Leyes secundarias

Plantea dar un plazo de, al menos, 18 meses para la implementación de los cambios integrales y la expedición de la legislación secundaria.

“De lo contrario las instituciones financieras tendremos dificultades para implementar de manera ordenada y detallada los nuevos criterios, controles y procedimientos internos, en cumplimiento con los requerimientos legales. Aparte, el plazo no sólo serviría al gremio financiero, también sería de beneficio para las pequeñas y medianas empresas ya que la iniciativa cubre a todos los sujetos obligados con las actividades vulnerables’’.

Sobre la sanción que se establecen por incumplimiento, dijo que es necesario mantener la calificación de dolo en las conductas delictivas tipificadas en el Artículo 62 de la Ley Antilavado porque de eliminarla se podría estar sancionando penalmente cualquier error de sistemas o o incluso humano de quienes realizan actividades vulnerables; “estamos con todo a favor de la sanciones, pero esta precisión (es necesaria) para no generar consecuencias no deseadas’’.

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