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El Empresario

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Cómo y cuándo cumplir con el reparto de utilidades en tu empresa

Debido a la facilidad otorgada para presentar la declaración anual del ISR a más tardar el 30 de junio, podría interpretarse que el plazo de los 60 días comenzaría a contarse a partir de esta última fecha como límite para pagar el impuesto, es decir, se debe considerar el 29 de agosto de 2020 como fecha máxima para pagar la PTU.

Quedan pocos días para que concluya mayo, mes en que las empresas deben cumplir con el reparto de utilidades o PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades). Este derecho laboral debe ser otorgado a los colaboradores, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo, dentro de los 60 días posteriores a la presentación de la declaración anual de impuestos.

No obstante, debido a la facilidad otorgada para presentar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a más tardar el 30 de junio, podría interpretarse que el plazo de los 60 días comenzaría a contarse a partir de esta última fecha como límite para pagar el impuesto correspondiente y reflejar las utilidades respectivas a repartir; es decir, se debe considerar el 29 de agosto de 2020 como fecha máxima para pagar la PTU a colaboradores que trabajen para una persona física empresaria.

El reparto de utilidades es una prestación que reconoce el valor del recurso humano en el cumplimiento de objetivos y crecimiento de la organización. En este sentido, todas las empresas están obligadas a pagar el 10% de sus utilidades a los trabajadores, siempre y cuando éstas se hayan obtenido en el año anterior por su actividad productiva o los servicios ofrecidos.

Sin embargo, existen excepciones, y aquellas compañías que no están obligadas a pagar la PTU son las de nueva creación que tienen menos de un año de funcionamiento o con menos de dos años de operación cuando elaboren productos nuevos, instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, el IMSS, entidades públicas culturales, asistenciales o de beneficencia, además de ciertas empresas con capital menor al que establezca la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

El monto a repartir se divide en dos:

  1. La primera parte será distribuida entre los trabajadores, de acuerdo con los días trabajados en el año.
  2. La segunda parte se aplicará proporcional al nivel del sueldo percibido.

La obligación este año puede tornarse confusa para las organizaciones, pues las labores de algunos sectores de la producción se han visto suspendidas debido a la contingencia sanitaria y las fechas límite se han modificado; sin embargo, el pago de utilidades correspondiente al 2019 debe entregarse a los trabajadores en tiempo y forma.

En momentos de incertidumbre como los que atravesamos, es importante que las empresas saquen el máximo provecho de las herramientas digitales disponibles para llevar una adecuada administración de su nómina y puedan hacer un correcto reparto de utilidades.

No obstante, un estudio realizado por Aspel, desarrolladora de soluciones administrativas para la automatización empresarial, señala que 71% de las pymes en el país no utiliza ningún software para la realización de la nómina o para emitir recibos de pago electrónicos.

“Es imprescindible que los dueños de negocios comprendan la importancia de llevar una estricta captura y procesamiento de los datos de cada uno de sus colaboradores. El uso de tecnología ayudará a evitar errores de cálculo, disminuir cargas de trabajo, así como estar al día con las disposiciones fiscales y laborales vigentes, como el reparto de utilidades”, enfatizó Luis Velasco, Estratega Contable de Aspel.

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