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El Empresario

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El CFDI como medio de fiscalización masiva

Se prevé que en el ejercicio fiscal 2023 no habrá incremento de impuestos, pero la autoridad aumentará la recaudación fiscal mediante el envío masivo de cartas invitación usando el CFDI.

Foto: Shutterstock.

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Hasta el momento las autoridades han manifestado que en el ejercicio fiscal 2023 no habrá incremento de impuestos y esto parece ser una buena noticia para muchos contribuyentes; sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante los últimos años se ha apoyado de manera constante en la facturación electrónica para realizar revisiones fiscales a los contribuyentes, mediante el envío masivo de invitaciones, en las cuales señalan las diferencias que se pueden apreciar mediante sus visores con relación a los importes que los contribuyentes manifiestan en sus declaraciones, derivado de dichas observaciones han detectado diferencias en los importes a pagar en los siguientes ejemplos:

  • Pagos definitivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
  • Pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR)
  • Retenciones efectuadas a terceros (Sueldos y salarios, honorarios, arrendamiento, fletes, pagos al extranjero etc.)

Normalmente  las diferencias que detecta el SAT son muy considerables y esto implica para la mayoría de los contribuyentes hacer una revisión exhaustiva de los importes que han manifestado en declaraciones y los importes que se muestran dentro de los CFDI´S (comprobante fiscal) emitidos y recibidos, Por otro lado es importante mencionar que en pocos casos se logra conciliar las cifras que la autoridad determina toda vez que el tratamiento fiscal de los contribuyentes puede diferir ya que  algunos acumulan sus ingresos con base al flujo de efectivo y otros no.

Como medida de control para mitigar las posibles diferencias se recomienda realizar conciliaciones periódicas respecto a los ingresos manifestados y retenciones efectuadas a terceros.

Como se señalaba en un principio, se prevé que en el ejercicio fiscal 2023 no habrá incremento de impuestos, pero la autoridad aumentará la recaudación fiscal de manera muy considerable mediante el envío masivo de cartas invitación usando el CFDI como medio de fiscalización.

Por último, es importante precisar que cuando la autoridad envía cartas invitación aun no ejerce facultades de comprobación y el atenderlas    es opcional sin embargo hacer caso omiso puede llevar a que las autoridades fiscales si ejerzan sus facultades de comprobación a través de los siguientes medios:

  • Visitas domiciliarias
  • Revisión de gabinete
  • Revisión de dictamen de contador publico
  • Revisiones electrónicas

Un control adecuado y una auto revisión periódica puede prever gastos innecesarios como pagos de multas recargos y actualizaciones, así como también la excesiva carga de trabajo o en su caso en la contratación de personal exclusivo para atender las diferencias observables mediante el CFDI como medio de fiscalización.  

*El autor: Dulce María Alvarado Farías miembro de la Comisión de Desarrollo Profesional Fiscal 2, del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.

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