Buscar
El Empresario

Lectura 3:00 min

¡Que no se te pase! Estas son las fechas y requisitos para hacer la declaración anual

En el caso de las empresas, organizaciones o sociedades registradas como personas morales, la fecha límite para presentar su ejercicio fiscal anual es el próximo 31 de marzo de 2024.

En el caso de las empresas, organizaciones o sociedades registradas como personas morales, la fecha límite para presentar su ejercicio fiscal anual es el próximo 31 de marzo de 2024.

Mantener al día las obligaciones ficales del negocio es parte fundamental de las actividades de los emprendedores y uno de los momentos más importantes de estas responsabilidades es presentar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En la declaración anual, los contribuyentes presentan un reporte sobre sus ingresos, deducciones, retenciones y pagos de impuestos durante el ejercicio fiscal, que en México va del 1 de enero al 31 de diciembre.

En este sentido, Paulina Portillo, directora de finanzas de la aceleradora de negocios WORTEV, indicó que éste es un trámite de vital importancia para las personas físicas y morales, debido a que es un requisito que la autoridad fiscal contempla y requiere cada año. Es un paso importante para que todo se encuentre en orden y al día, por lo que es indispensable revisar cuáles son los requisitos que pide el SAT al respecto.

“Las consecuencias -de incumplir con la declaración anual- pueden ir desde una llamada de atención de la autoridad hasta multas que pueden desencadenar problemas para las personas y las empresas, como falta de flujo de efectivo, tener opiniones de cumplimiento negativas que impactan las solicitudes de créditos e incluso afectar la relación con clientes o proveedores”, comentó Portillo.

3 aspectos importantes de una declaración anual

De acuerdo con información emitida por el SAT, de enero a julio del año pasado se inscribieron más de un millón de personas físicas y morales al padrón del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), lo que reflejó un aumento del 135% de personas físicas y del 55% de personas morales.

Bajo este contexto, la directiva propone cuatro aspectos que los contribuyentes no pueden pasar por alto al momento de cumplir con la declaración anual.

» 1. Identificar la fecha para presentarla y ubicar los requisitos

La fecha límite para presentar el ejercicio fiscal anual de las empresas, organizaciones o sociedades registradas como personas morales, es el próximo 31 de marzo de 2024. Es necesario contar con el RFC y contraseña o en su caso, la e.firma.

En cuanto a las personas físicas con actividad empresarial, rubro que generalmente agrupa a los comerciantes y las personas físicas por servicios profesionales, donde entran los profesionistas independientes y personas registradas en el Régimen Simplificado de Confianza, deben presentar su declaración anual antes del 30 de abril.

» 2. Impuesto Sobre la Renta (ISR)

El ISR se aplica sobre los ingresos que recibe una persona y no sobre lo que consume, en consecuencia, mientras mayores sean las ganancias e ingresos mayor será el ISR que deberás pagar al fisco.

En el caso de las personas físicas con actividad empresarial, dependiendo de su actividad económica y las tarifas vigentes, deberán cubrir un porcentaje que va del 1.92 al 35%, mientras que las personas morales deben pagar el 30% sobre su resultado fiscal obtenido de la declaración anual.

» 3. Tipos de deducciones

Existen algunos pagos que se pueden deducir y que al momento de presentar la declaración, podrían representar un saldo a favor, es decir, generar un monto que el SAT devuelve a los contribuyentes.

En el caso de las personas morales, se refiere a todos los gastos necesarios para que la empresa opere de acuerdo con la actividad registrada ante el SAT, por ejemplo, los gastos de nómina, las cuotas de seguridad social, gastos generales, costo de lo vendido, entre otros.

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas

Suscríbete