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¡Que no se te pase! SAT da un mes más para presentar la declaración anual de personas físicas
Ahora será hasta el 31 de marzo la fecha límite para la declaración de impuestos.
El Servicio de Administración Tributaria amplia un mes el plazo para presentar la Declaración Anual de personas físicas, ahora será hasta el 31 de mayo la fecha límite para la declaración de impuestos.
Como cada año las personas físicas están obligadas a presentar su Declaración Anual a partir del 1 de abril y hasta el 30 del mismo mes, pero el SAT publicó este lunes que el cumplimiento de la responsabilidad de declarar sobre el ejercicio fiscal 2020 para personas físicas se extenderá hasta el 31 de mayo.
La dependencia informó que esta medida obedece a los lineamientos de la Jornada de #SanaDistancia y #QuédateEnCasa, mediante el cual se invita a los contribuyentes a usar las herramientas tecnológicas como el Micrositio del SAT, que se tienen a su disposición para el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con ello evitar la numerosa presencia de contribuyentes en nuestras oficinas.
Por ello, el SAT pone a la disposición de los contribuyentes las siguientes herramientas:
- SAT ID. Entrar a satid.sat.gob.mx o usar la App SAT ID para la generación o actualización de contraseña y renovación de e.firma, cuando su vencimiento sea menor de un año.
- OrientaSAT. Para información o dudas, puedes usar el nuevo chatbot, el cual lo encuentran en el minisitio de Declaración Anual o en el portal de Declaraciones.
Declaración de personas morales al alza
Por otra parte, la autoridad fiscal detalló que las declaraciones de personas morales tuvieron un incremento anual de 9% al finalizar el primer trimestre del 2021. Además detalló que se presentaron 49,589 declaraciones anuales de más en ISR en el periodo comprendido del primero de enero al 31 de marzo del año en curso.
En este sentido, se presentaron 607,506 solicitudes de Declaración Anual por parte de las personas morales que a diferencia de las personas físicas no tuvieron un plazo extraordinario paca cumplir con su obligación fiscal, informó el órgano fiscalizador encabezado por Raquel Buenrostro.
¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?
La Declaración Anual deben presentarla las personas físicas que obtuvieron ingresos por:
- Servicios Profesionales (honorarios)
- Actividades Empresariales
- Plataformas Tecnológicas
- Arrendamiento
- Intereses
- Dividendos
- Enajenación de Bienes
- Adquisición de Bienes
- Salarios
- Obtenidos por trabajar para dos o más patrones de manera simultánea.
- Cuando la totalidad de los ingresos anuales por salarios excede de 400 mil pesos.
- Si además de salarios obtuvieron otros ingresos.
- Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
- Cuando obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
Si resulta un saldo a favor, puedes presentar tu Declaración Anual a más tardar el 31 de julio para obtener su devolución en forma automática.
Para presentarla, pueden utilizar tu contraseña, si:
- El saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos.
- El monto es mayor a 10 mil pesos y hasta 150,000 pesos, siempre y cuando se utilice la cuenta CLABE precargada.