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La Cofece detecta barreras en mercado de autobuses foráneos de pasajeros
La Autoridad Investigadora del órgano antimonopolios detectó que existen sociedades y directorios cruzados entre competidores como Grupo ADO y Estrella Roja, además de limitaciones regulatorias en permisos y terminales que dificultan la entrada de nuevos competidores.
La Autoridad Investigadora (AI) de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) dictaminó de manera preliminar que no existen condiciones de competencia efectiva en tres modalidades del servicio de autotransporte federal de pasajeros en México y detectó seis barreras a la competencia, entre ellas la existencia de relaciones horizontales entre competidores, como las coinversiones entre Grupo ADO y Grupo Estrella Roja o entre Grupo Estrella Blanca y Grupo IAMSA.
De confirmarse los hallazgos, el Pleno del órgano regulador podría recomendar modificaciones en la regulación a las autoridades correspondientes e imponer órdenes para eliminar las barreras, informó el órgano antimonopolios este lunes.
Quien tenga interés jurídico ya puede manifestar lo que a su derecho convenga y presentar pruebas para que el Pleno de la Comisión decida, en última instancia, el sentido final del procedimiento y las medidas que, en su caso, correspondan, se informó en el dictamen preliminar publicado este lunes en el Diario Oficial de la Federación.
La indagatoria es un paso en la búsqueda de que haya mayor competencia y dinamismo en el servicio de autotransporte federal de pasajeros en beneficio del consumidor final, toda vez que se trata de un segmento de relevancia social (la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, SICT, estimó que al cierre del año pasado hubo 3,103.7 millones de personas de pasajeros en autobús).
Como antecedente, en el 2019, la Cofece publicó un estudio de competencia en el autotransporte federal de pasajeros, en octubre del 2022 el Pleno determinó multar a 18 empresas y a 31 personas físicas por participar en diversas prácticas monopólicas absolutas y en marzo del 2022 concluyó que el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México negó sin justificación el servicio de acceso a sus terminales a un permisionario, lo que estableció ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios en la misma ruta.
Los diferentes servicios
La AI determinó que no todas las modalidades del servicio están en el mismo mercado relevante, ya que, si bien en principio algunas puedan ejercer presión competitiva entre sí, la normativa que regula las características específicas de los vehículos impide que se puedan utilizar libremente entre cualquier modalidad, debido a que las diferencias en los vehículos son significativas en cuanto antigüedad y las implicaciones que conlleva acondicionarlos según las amenidades requeridas.
En consecuencia, se encontró que todos los mercados relevantes premium y de primera se encuentran altamente concentrados (en todo el país), mientras que en los económicos se identificaron altos niveles de concentración en Baja California, Baja California Sur, Sinaloa y Sonora.
Las barreras detectadas
La AI expone en su dictamen preliminar seis barreras a la competencia y libre concurrencia que fueron identificadas, que “son las que distorsionan la competencia, reducen la concurrencia y generan restricciones al funcionamiento eficiente de diversos mercados relevantes”, también propone las medidas correctivas para eliminarlas y reestablecer las condiciones de competencia efectiva y, en su caso, el correspondiente cronograma de implementación.
La primera se refiere a la obligación regulatoria de contar forzosamente con una terminal de pasajeros de origen y destino para prestar el servicio, por lo que propone se elimine y se permita también el ascenso y descenso en instalaciones o inmuebles distintos, como las actuales estaciones de paso.
La segunda se refiere a la obligatoriedad de contar con un permiso limitado a rutas específicas, lo que no permite atender con celeridad cambios en la demanda o dinámicas del mercado, por lo que se recomienda un régimen de permiso nacional.
Como tercera barrera se detectó la opacidad por parte de los permisionarios de terminales en el servicio auxiliar de terminales, por lo que se pide combatirla.
En el orden presentado, la siguiente barrera es la de relaciones horizontales entre los agentes económicos, que entre otras también refiere a la existente entre Grupo Estrella Blanca y Grupo Tranpaís Único, y sugiere un año para la separación de inversiones.
La Cofece indicó que la barrera siguiente es la de directorios cruzados y espacios de contacto entre agentes económicos competidores, que también se debe evitar. “La coincidencia de dos personas físicas que participen en órganos de decisión de agentes económicos competidores puede generar una situación de riesgo de intercambio de información sensible entre competidores, así como facilitar que se lleven a cabo comportamientos coordinados y reducir la rivalidad entre competidores”, se explicó.
Por último, se pretende eliminar la restricción regulatoria para utilizar vehículos distintos a autobuses para prestar el servicio, con la finalidad de que los usuarios tengan alternativas.