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Cofece interpone controversia constitucional contra política eléctrica de la Secretaría de Energía

Al limitar el acceso a las redes de transmisión, la nueva directriz de confiabilidad del sistema eléctrico va contra la competencia y libre concurrencia, lo que afecta el mandato constitucional del organismo.

Foto: Shutterstock.

Foto: Shutterstock.

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra la Política de confiabilidad del sistema eléctrico emitida por la Secretaría de Energía, que si bien se encuentra suspendida por orden judicial por un juicio de amparo, fue elaborada para modificar la prioridad en el despacho a la red jeraquizando las energías de arranque rápido, como las fósiles de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), por encima de las energías renovables de privados

En su recurso de controversia, la Cofece asegura que la Política de confiabilidad, seguridad, continuidad y calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (Política), emitida por la Secretaría de Energía en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de mayo de 2020, violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de modo que afecta su mandato constitucional e invade su esfera de competencia.

“La Política es contraria al contenido de los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, así como a las leyes aplicables en materia de electricidad, los cuales en conjunto establecen un régimen de competencia en la generación y suministro de electricidad”, expuso el regulador.

Con ello, la política que se revisará en cuanto el juzgado competente dicte sentencia respecto a los distintos amparos de la industria y al de carácter general con el argumento de violaciones al derecho a la salud interpuesto por Greenpeace y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia, así como en los a términos dispuestos en el conjunto del marco normativo vigente del país para este sector, explicó la Cofece. 

“Ello porque la Política impugnada compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución (insumo indispensable en esta industria), como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista. 

Asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica”, aseveró.

Por tanto, este regulador autónomo considera que la Política incide de manera grave y trascendente en su esfera de actuación, al impedirle promover y proteger la competencia y libre concurrencia en el mercado eléctrico, ya que con la entrada en vigor de la Política dejan de existir los elementos básicos para que este funcione en condiciones de competencia.

Así, solicitó a la Corte pronunciarse sobre los límites que tiene un regulador sectorial frente a los principios constitucionales de competencia cuando emite una disposición que afecta tan gravemente la dinámica competitiva de un mercado.

El organismo reconoce que incrementar la confiabilidad y seguridad del sistema eléctrico nacional es un propósito legítimo y deseable. Sin embargo, cuando otros objetivos, como el de la competencia económica también son parte del mandato constitucional, es necesario identificar la mejor alternativa disponible a fin de hacer cumplir todos estos objetivos, lo que no acontece con la Política impugnada, expuso finalmente la Cofece.

Volantazo eléctrico de la 4T:

Diciembre, 2018:

Suspensión de la cuarta subasta para adquisición por parte de la CFE de energía, potencia y certificados de energía limpia de largo plazo mediante generación renovable de terceros.

Enero, 2019:

Cancelación de la licitación de la conexión del sistema eléctrico entre Oaxaca y el centro y la de Baja California con el resto del país, que servirían para elevar la capacidad de transmisión de la electricidad producida con fuentes renovables.

Agosto, 2019:

Gracias a cambios en reglamentos de menor jerarquía, como acuerdos generales, se buscó modificar las reglas de otorgamiento de certificados de energía limpia (CEL) para que las plantas previas a la reforma de la CFE emitieran estos instrumentos, invalidando el mercado.

Abril, 2020:

El Cenace emitió su Acuerdo para garantizar la confiabilidad de la red eléctrica durante la emergencia por Covid-19, en que ordenó la suspensión de pruebas operativas de nuevos generadores eólicos y fotovoltaicos.

Mayo, 2020:

La Sener publica su actualización a la Política de confiabilidad del sistema, en que establece un criterio de disponibilidad de la energía, típicamente de base como las plantas fósiles, hidroeléctricas y nuclear de la CFE por encima de las renovables.

Mayo, 2020:

La CRE acuerda incrementos de casi 800% a las tarifas de distribución de las empresas que tienen contratos de autoabasto legados del régimen anterior y venden energía a sus socios en lo que la CFE llamó un mercado secundario.

Karol García es reportera de Empresas y Negocios.

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