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Contratos están blindados: CNH y Sener
Cláusulas para terminarlos son muy específicas y hay arbitraje internacional.
Luego de que el candidato que va a la cabeza en las encuestas para la Presidencia de México, Andrés Manuel López Obrador, de la coalición Juntos Haremos Historia, ha declarado que revisará la legalidad de los contratos petroleros otorgados a partir de la reforma energética e incluso podrá rescindirlos si encuentra corrupción en su adjudicación, los titulares de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y de la Secretaría de Energía aclararon que no existe riesgo dada la transparencia y el blindaje legal con que fueron diseñados y otorgados.
En primer término, el secretario Pedro Joaquín Coldwell aseguró que las licitaciones que desde el 2015 ha conducido la CNH y que han derivado en la adjudicación de 107 contratos del nuevo régimen legal (producción compartida y licencia) han tenido los más altos estándares de transparencia internacional, por lo que son reconocidos en todo el mundo.
“Por la forma en que se ejecutan y las cláusulas de apertura de todos los datos y prohibición de acercamiento de los licitantes, han sido las licitaciones más transparentes en la historia del sector energético mexicano y probablemente de toda la administración pública del país”, dijo.
Pero además, están blindados para que únicamente la CNH pueda rescindirlos. Este regulador y la Comisión Reguladora de Energía (CRE) son los únicos en el mundo que han sido establecidos desde la Constitución del país y su órgano de gobierno tiene carácter transexenal y es elegido con la aprobación de dos terceras partes del Congreso. Por tanto, tiene autonomía con el Ejecutivo federal.
El presidente de la CNH, Juan Carlos Zepeda, detalló además que la rescisión administrativa de los contratos “que sólo puede ejecutar la CNH” tiene cláusulas muy específicas, que se encuentran en el artículo 20 de la Ley de Hidrocarburos.
Éstas son el incumplimiento no justificado de compromisos de inversión, planes de trabajo, cesión no autorizada de los contratos, accidentes graves con dolo, daños irremediables en instalaciones o pérdidas en la producción, falsificación de informes, impago de compromisos al Estado u omisión de órdenes judiciales ya sentenciadas por parte de los contratistas.
“Son ésas y sólo ésas las causas por las que se puede rescindir un contrato. De lo contrario, serán objeto del derecho mercantil internacional”, aseguró Juan Carlos Zepeda.
Cabe mencionar que en los contratos se establecieron cláusulas para la resolución de controversias fuera del país, en tribunales neutrales como Alberta, Canadá.
En cuanto a la posibilidad de que después de las elecciones no se lleven a cabo las licitaciones pendientes para esta administración: de 37 contratos de licencia en campos terrestres convencionales y nueve más en campos de shale, el secretario de Energía afirmó que independientemente del color partidista, quien llegue a la Presidencia buscará el bien del país, que, según él, implica continuar con estos procesos.