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Diputados avalan con cambios mínimos reforma a Ley de Hidrocarburos

La reforma busca dar mayor control al Estado en la importación y comercialización de combustibles, en detrimento de la participación de los privados; la oposición rescató una modificación para obligar al gobierno a explicar a los privados los motivos de eventuales cancelaciones de permisos y darles derecho de audiencia.

De conformidad con la iniciativa enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, la Cámara de Diputados avaló anoche reformas a la Ley de Hidrocarburos que darán al Poder Ejecutivo mayores facultades para controlar la importación y comercialización de combustibles en el país.

Las modificaciones a los artículos 51,53, 56, 57,59 y 86 de la Ley –que deben ser aprobadas todavía por el Senado–, plantean que las autoridades podrán revocar permisos para importación, distribución o comercialización de combustibles que no cuenten con almacenamiento, que pongan en riesgo la seguridad nacional y que sean reincidentes en conductas delictivas tanto de contrabando como de manipulaciones al volumen que se vende, además de cambios en seis transitorios y uno adicional en materia de medición de hidrocarburos. 

Al plantear potenciales barreras de acceso al mercado a privados, el nuevo ordenamiento que se enviará al Senado abre la puerta para que Pemex recupere el mercado que ha perdido en estas actividades luego de que uno de los compromisos de la presente administración es fortalecer a la empresa del Estado, que hasta febrero había perdido 49% de la importación de diésel y 38% de las estaciones de servicio en el país y elaborado para ordenar el mercado y el excedente de más de 9,000 permisos de importación otorgados en la administración pasada que no han entrado en funciones, según la Secretaría de Energía. 

Para ello, los permisos ahora necesitarán demostrar que cuentan con almacenamiento de cinco días en gasolina y diésel y 1.5 días en turbosina, pudiendo satisfacer 50% de este volumen arrendando otras terminales.  Así mismo, en la iniciativa resalta que se estableció como un sexto transitorio que a la entrada en vigor de la misma se revocarán los permisos sobre los que se compruebe que sus titulares no cumplen con los requisitos correspondientes o infringen disposiciones, ordenamientos que aprobaron los legisladores de todas las bancadas. 

Sin embargo, hay otros cambios como el que en lugar del silencio administrativo que es considerado una afirmativa de hecho en el otorgamiento de un permiso si se retrasa, ahora se considere la negativa ficta. Con ello, el plazo para resolver algún permiso es el mismo para la autoridad que, si no resuelve, se entenderá que lo ha desechado.  

De ahí que, según expertos, enfrentará amparos que se centran en tres argumentos: la retroactividad de derechos adquiridos de los quejosos, las violaciones a la libre competencia y la expropiación de facto que provocará la suspensión de permisos.  

La oposición a esta reforma coincidió en que la mayor violación ante la cual se defenderá la industria será la modificación al Artículo 59 BIS de la Ley, que permite la suspensión provisional de permisos como una intervención que puede ser interpretada como una expropiación de facto en que se deja a la libre interpretación al arbitrio o capricho de la autoridad si los permisos tienen afectaciones a la seguridad energética, nacional o a la economía del país.  

Pero previo a su discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados, la comisión de Energía añadió una adenda que agregó un texto que obliga a ambas dependencias a notificar al particular al que se le ha suspendido su permiso las causas de dicha suspensión, ya que la iniciativa solo obligaba a informar sobre las razones por las cuales se está procediendo y la afectación que podrían darse en caso de que continúen los actos que ampare el permiso. Además, el permisionario tendrá 15 días naturales para exponer “lo que a su derecho corresponda y convenga aportar”, como las pruebas que estime pertinentes respecto a la falta que se le impute.  

Cabe recordar que antes de la aprobación que se llevó a cabo este miércoles, la Comisión Federal de Competencia Económica advirtió que de aprobarse en sus términos la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de Hidrocarburos se afectaría negativamente el proceso de competencia y libre concurrencia de la cadena de valor de los hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, lo que podría resultar en una disminución de la oferta de bienes y servicios  en la industria, con el consecuente aumento en los precios.

La esencia de la reforma:

• En la iniciativa aprobada se cambiaron seis artículos y seis transitorios además de uno nuevo de la Ley de Hidrocarburos del 2015, para la revocación de permisos para importación, distribución o comercialización de combustibles que no cuenten con almacenamiento, que pongan en riesgo la seguridad nacional o sean reincidentes en conductas delictivas. 

• Los permisos para cualquier actividad deben contar con el almacenamiento de cinco días en gasolina y diésel y 1.5 días en turbosina, pudiendo satisfacer 50% de este volumen arrendando otras terminales.  

• Se estableció como un sexto transitorio que a la entrada en vigor de la misma se revocarán los permisos sobre los que se compruebe que sus titulares no cumplen con los requisitos correspondientes o infringen disposiciones.  

• En lugar del silencio administrativo que es considerado una afirmativa de hecho en el otorgamiento de un permiso si se retrasa, ahora se considere la negativa ficta. Con ello, el plazo para resolver algún permiso es el mismo para la autoridad, que si no resuelve, se entenderá que se ha desechado.  

• Quienes reincidan en conductas ilegales serán sujetos a la revocación de su permiso si representan un peligro para la seguridad nacional, la seguridad energética o la economía nacional, considerado según el Artículo 3 de la Ley de Seguridad Nacional.  

• En la adenda aprobada este miércoles se estableció que en caso de suspensión de permisos la autoridad debe notificarlo con anterioridad y los permisionarios tendrán 15 días para defenderse además de otros 15 días para recibir una respuesta.

karol.garcia@eleconomista.mx

Karol García es reportera de Empresas y Negocios.

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