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Dos firmas turísticas se inconforman por licitación del SPF

ARTMEX Viajes y Viajes Premier interpusieron una inconformidad ante la SFP debido a la cancelación por parte del Servicio de Protección Federal (SPF) de la licitación para contratar a la empresa que le brinde el servicio integral de hospedaje y alimentación durante el resto del año (que implica unos 1,000 millones de pesos).

La Función Pública es la instancia encargada de vigilar el actuar de los servidores públicos a nivel federal. Foto EE: Archivo

La Función Pública es la instancia encargada de vigilar el actuar de los servidores públicos a nivel federal. Foto EE: Archivo

ARTMEX Viajes y Viajes Premier interpusieron una inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública (SFP) debido a la cancelación por parte del Servicio de Protección Federal (SPF) de la licitación para contratar a la empresa que le brinde el servicio integral de hospedaje y alimentación durante el resto del año (que implica unos 1,000 millones de pesos).

Con fecha de recibido del pasado cinco de abril, las firmas que participaron en el proceso de manera conjunta entregaron un documento de 36 cuartillas en las que argumenta su decisión.

En un apartado del documento solicitaron a la dependencia: Previas las formalidades del procedimiento, se sirva decretar en su oportunidad, la nulidad de las actuaciones efectuadas a partir del acto que se impugna, estableciendo las directrices necesarias para que el mismo se emita conforme a derecho.

El pasado 10 de abril, El Economista publicó que el SPF canceló la licitación referida argumentando que era lo conveniente luego de revisar las propuestas entregadas por ARTMEX Viajes-Viajes Premier, Congresos, Convenciones & Eventos, Creatividad y Espectáculos (CREA) y Kol-Tov (que ofreció los servicios requeridos el año pasado, al ganar una licitación pública, y entre enero y marzo obtuvo un contrato similar por adjudicación directa).

Los servicios, se precisó, son esenciales para realizar a nivel nacional tareas de seguridad, custodia, vigilancia y protección

“Una vez realizado el análisis de las propuestas presentadas por los diferentes licitantes se advirtió que derivado de las aclaraciones y precisiones efectuadas en la junta de aclaraciones del procedimiento de licitación, que existe una desproporción en las características técnicas y el precio ofertado entre las proposiciones de los licitantes específicamente en el Sistema de administración, que ofertaron el cual es uno de los requisitos técnicos indispensables de la convocatoria”, se explicó en su momento.

El Sistema de administración

Sobre dicho aspecto, las firmas inconformes señalaron en su escrito que el acto de cancelación no está debidamente fundado ni motivado, en virtud de que la convocante expone escuetamente (en el acta respectiva) diversas razones por las que considera que el procedimiento de licitación pública se tiene que dar por cancelado y que de continuar con el mismo se podría causar daño o perjuicio al SPF.

“La convocante estima la existencia de una desproporción en las características técnicas y el precio ofertado en las proposiciones de los licitantes, específicamente en el Sistema de administración, lo cual es improcedente, y tan es así, que de la simple revisión y lectura que se sirva realizar al anexo 4 (proposiciones económicas) se puede observar que se cotizaron servicios para la partida única, consistentes en los conceptos: 1 hospedaje, 2 casa de huéspedes y 3 alimentación, estableciéndose los correspondientes precios unitarios… sin que se haya solicitado… cotizar los precios unitarios ofertados para el Sistema de administración”, se explicó.

ARTMEX Viajes y Viajes Premier también destacaron que en el acta de fallo (con fecha 28 de marzo del 2024) se menciona que también se consideraba un anexo de 7 fojas útiles, el cual no se adjuntó.

En consecuencia, desde su perspectiva, lo procedente es que de acuerdo con el artículo 6 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se declare la nulidad del acto impugnado y se deje sin efectos para que la convocante evalúe conforme a derecho su propuesta y se emita el fallo correspondiente.

alejandro.delarosa@eleconomista.mx

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