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En shale, Pemex usó norma de campos convencionales: ASF
En su revisión de la cuenta 2014, la ASF reportó que PEP, subsidiaria de Pemex, careció de un marco regulatorio específico en exploración.
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) reportó en su revisión de la cuenta 2014, que en la perforación de al menos cuatro pozos exploratorios de shale, Pemex Exploración y Producción (PEP) no contó con un marco regulatorio específico para las actividades de exploración para este tipo de hidrocarburos, por lo que la normativa que reguló dichas actividades fue la misma que la aplicable a pozos perforados en campos convencionales.
Para la exploración de shale, ese año se ejercieron recursos en el 2014 por 388 millones de pesos, mediante dos contratos de obra pública financiada, además de 115 millones de pesos adicionales en cinco contratos de servicios menores.
En lo referente a los permisos ambientales para la perforación de los pozos exploratorios Batial 1, Mosquete 1, Nerita 1 y Céfiro 1, reportados en la estrategia Intensificar la actividad de la evaluación del potencial correspondiente al aceite y gas en lutitas , en el norte del país, la regulación ambiental para terminación de pozos, uso de agua y perforación horizontal fue la misma que la que utiliza la estatal en pozos convencionales, en aguas someras o yacimientos terrestres.
Adicionalmente, el 26 de junio del 2014, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), informó a la ASF que durante ese periodo no hubo solicitudes para perforar pozos de shale, por lo que no se autorizó ninguna obra relacionada con aceite y gas en lutitas con conocimiento de la dependencia.
Por lo tanto, cuando la ASF hizo el señalamiento a PEP, la subsidiaria sólo pudo remitirse a la Guía de criterios ambientales para la exploración y extracción de hidrocarburos contenidos en lutitas , publicada hasta marzo del 2015.
Según relata la ASF, PEP destacó que para el ejercicio 2014, no se tenían diferenciados aún los conceptos de yacimientos convencionales o no convencionales , por lo que para las actividades del 2014 consideró todas las etapas de los yacimientos petroleros como preparación del sitio, perforación y terminación de pozos, construcción, operación y mantenimiento y abandono de pozos como convencionales, debido a que entonces no se contaba con un marco regulatorio ambiental específico para actividades no convencionales.