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Estado retomaría el uso de vías férreas para servicio de pasajeros

Previo a la publicación del documento, el presidente López Obrador dijo la tarde de este lunes que se busca utilizar para trenes de pasajeros los 18,000 km de vías férreas concesionados durante el gobierno de Ernesto Zedillo y actualmente destinados únicamente al transporte de carga.

Foto EE: Hugo Salazar

Foto EE: Hugo Salazar

Con la intención de que el Estado Mexicano retome el derecho de utilizar las vías ferroviarias que se usan actualmente para el servicio de carga y prestar el de transporte de pasajeros, el Presidente Andrés Manuel López Obrador presentó una iniciativa de reforma y adición al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La modificación establece la facultad al Ejecutivo Federal para otorgar asignaciones a empresas públicas o concesiones a particulares relativo al servicio de transporte de pasajeros y plantea que los particulares que ya cuentan con concesiones para ofrecer el servicio de transporte ferroviario de carga (Ferromex y Ferrosur, filiales de Grupo México, y Canadian Pacific Kansas City de México) puedan participar o en su caso otorguen preferencia a éste.

En la iniciativa se precisa que a la par de la implementación de la reforma “se preverán marcos regulatorios robustos que garanticen condiciones equitativas para competir con las empresas privadas, incentivando la innovación, eficiencia y calidad de servicio en beneficio del pueblo de México”.

Previo a la publicación del documento, el Mandatario dijo la tarde de este lunes que su Reforma Constitucional número 15 planteaba que: se utilizarán para trenes de pasajeros los 18,000 km de vías férreas concesionados durante el gobierno de Ernesto Zedillo y actualmente destinados únicamente al transporte de carga.

La primera modificación al artículo 28 precisa que la comunicación vía satélite y los ferrocarriles, tanto para transporte de pasajeros como de carga, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional (ahora dice únicamente los ferrocarriles). En el mismo párrafo se agrega el concepto asignaciones (que se pueden otorgan a una dependencia del Estado, como el caso del Tren Maya, cuya asignación está en una empresa del mismo nombre bajo el control de la Secretaría de la Defensa Nacional).

En dicho artículo se agregan un par de párrafos, el primero señala: El Estado mexicano retoma el derecho de utilizar las vías ferroviarias para prestar el servicio de transporte de pasajeros. Para ello, el Ejecutivo Federal podrá otorgar asignaciones a empresas públicas o concesiones a particulares.

El segundo precisa: Los particulares que cuenten con concesiones para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga podrán obtener concesiones para prestar el servicio de transporte ferroviario de pasajeros. En cualquier caso, se dará preferencia al servicio de transporte ferroviario de pasajeros, en términos de lo que determine la legislación aplicable.

Como artículo transitorio quedó asentado que una vez que la Reforma Constitucional, de ser el caso, se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) entrará en vigor al día siguiente y a partir de entonces el Congreso de la Unión tendrá un plazo de ciento ochenta días naturales para realizar las adecuaciones que resulten necesarias a las leyes secundarias correspondientes.

Los trenes de la 4T

En la exposición de motivos de la iniciativa se menciona que el gobierno de la Cuarta Transformación tiene la convicción y el firme compromiso de incentivar la creación de infraestructura férrea para reactivar la economía de zonas geográficas como el sur-sureste y centro del país.

alejandro.delarosa@eleconomista.mx

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