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IFT aprobó estatutos finales para separación de Telmex y Telnor

Los estatutos sociales constitutivos son el plan acerca de cómo van a funcionar dichas empresas, sus elementos de gobierno corporativo, qué decisiones tomará la Asamblea, el Consejo, los directivos, es decir, el marco para funcionamientos de las nuevas entidades.

Foto EE: Archivo

Foto EE: Archivo

El pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los estatutos finales para la separación funcional de Telmex-Telnor.

Los estatutos sociales constitutivos son el plan acerca de cómo van a funcionar dichas empresas, sus elementos de gobierno corporativo, qué decisiones tomará la Asamblea, el Consejo, los directivos, es decir, el marco para funcionamientos de las nuevas entidades.

Las empresas mayoristas (UMT y UMNOR), constituidas por el Agente Económico Preponderante en el sector de telecomunicaciones (AEPT) a finales de junio de 2018, se han regido por los estatutos sociales constitutivos, aprobados por el Instituto el día 20 del mismo mes y año.

No obstante, a más tardar cuando concluya el periodo de transición de la separación funcional -establecido por dos años y que culmina a principios del año 2020-, las empresas mayoristas deberán regirse por reglas de gobierno corporativo que garanticen su independencia operativa y en la toma de decisiones, respecto de los integrantes del AEPT que cuenten con títulos de concesión en materia de telecomunicaciones.

Derivado de los trabajos del grupo de transición en el que participan representantes del AEPT y del IFT, el agente económico presentó una nueva versión de su propuesta, la cual fue valorada por el regulador, concluyendo que se apega a lo mandatado en el Acuerdo de Separación Funcional.

Los estatutos sociales finales aprobados por el Pleno señalan, entre otros elementos, el objeto social de las empresas mayoristas, las actividades asociadas al mismo, así como la obligación de notificar al Instituto cualquier modificación a las escrituras constitutivas de las sociedades.

Adicionalmente, establecen la constitución y reglas de funcionamiento de un Consejo de Administración independiente, el cual deberá conformarse por al menos siete consejeros, de los cuales cuatro, incluido el presidente, serán independientes del AEPT. Además, serán seleccionados con base en criterios específicos.

De igual forma, establecen que el Consejo de Administración deberá apoyarse en un Comité de Auditoría y en un Comité de Cumplimiento Regulatorio, y que la Sociedad contará con el apoyo de un Auditor Externo.

Para el caso exclusivo de UMNOR, empresa mayorista resultante de Telnor, los estatutos sociales finales establecen, además, que el ejercicio de sus facultades deberá estar en concordancia con las decisiones adoptadas por la Asamblea de Accionistas y los órganos de gobierno corporativo de UMT, así como la posibilidad de que el gobierno corporativo de la sociedad pueda quedar a cargo de las mismas personas que hayan sido designadas al efecto en UMT.

La separación funcional de Telmex y Telnor fue ordenada por el IFT como resultado de la revisión bienal sobre la efectividad de la regulación asimétrica impuesta al AEPT. Ésta no supone una separación estructural, ni desincorporación de las empresas que componen al AEPT, por lo que éste será responsable de la viabilidad técnica, económica y financiera de las nuevas empresas mayoristas, para lo cual deberá aportarles los recursos necesarios para que cumplan con su objeto social, contemplando en todo momento el respeto de los derechos laborales de los trabajadores.

cjescalona.eleconomista.com.mx

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