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Información para Semovi pone en riesgo a plataformas, señala Uber
Una nueva norma exige a compañías como Uber, Cabify y DiDi divulgar información relacionada con el corazón de su negocio. “Existen riesgos de que esa información podría ser utilizada para desarrollar otras modalidades de transporte, ya sea públicas o privadas, que sería un riesgo para el libre mercado y la competencia”, dijo Federico Ranero, de Uber en México.
Una nueva norma exige a compañías como Uber, Cabify y DiDi divulgar información relacionada con el corazón de su negocio. “Existen riesgos de que esa información podría ser utilizada para desarrollar otras modalidades de transporte, ya sea públicas o privadas, que sería un riesgo para el libre mercado y la competencia”, dijo Federico Ranero, de Uber en México.
La nueva norma del Gobierno de la Ciudad de México que exige a las plataformas de transporte por aplicación la entrega de datos sobre su operación pone en riesgo el modelo de negocio y la protección de la información privada, de acuerdo con Federico Ranero, director general de Uber en México.
“Existen riesgos de que esa información podría ser utilizada para desarrollar otras modalidades de transporte, ya sea públicas o privadas, que sería un riesgo para el libre mercado y la competencia”, dijo Ranero consultado por El Economista.
La nueva norma —diseñada por la Secretaría de Movilidad (Semovi) en colaboración con la Agencia Digital de Innovación Digital (ADIP)— exige que Uber, Cabify, DiDi y otras plataformas divulguen datos e información relacionadas con el corazón de su negocio, como el algoritmo con el que determinan las llamadas tarifas dinámicas o su capacidad para atender la demanda de los usuarios finales.
La norma entró en vigor el 16 de octubre de 2019 y las compañías tienen tres meses para estar en cumplimiento regulatorio.
En total, se exige la entrega de un paquete de 48 datos que abarcan desde:
1. el género, las ganancias y el número de servicios ofrecidos por los conductores;
2. las horas que pasan circulando con pasaje o sin pasaje;
3. el tiempo y los kilómetros que pasan desde que aceptan un servicio hasta que recogen al pasajero o se cancela el servicio;
4. el momento en que se conectan y se desconectan de la aplicación, o
5. detalles sobre incidentes de tránsito, como choques o atropellamientos.
La norma también exige de las compañías la entrega de la tarifa dinámica, que identifica como el “multiplicador de tarifa promedio de viajes que inician en cada uno de los distritos EOD [Encuestas Origen Destino]”. Uber describe a este algoritmo como la fórmula para subir el precio del servicio. Este multiplicador se activa “cuando la demanda supera en gran medida la oferta de vehículos en las calles” y sirve “para incentivar a más conductores a llegar a la zona donde se registra un ‘peak’ en la solicitud de viajes, y para asegurar que las personas que requieren de un Uber puedan tenerlo”.
Con la información que las plataformas deben entregar al gobierno podrían diseñarse nuevas aplicaciones digitales para proveer servicios similares y que competirían con los ya existentes, pues los datos —propiedad de las plataformas— revelarían el know how (el saber hacer) de cada compañía. El Gobierno de la Ciudad de México ha expresado su interés en desarrollar aplicaciones de transporte que conecten la oferta con la demanda, de manera similar a los servicios de movilidad que ofrecen Uber u otras compañías.
“La información como se está solicitando —y esta es una visión compartida con todas las empresas de redes de transporte— puede ser perjudicial e identificable, es decir: pueden haber cosas como el nivel de ganancias de un socio-conductor, atado a su estadía en la plataforma, a su edad, a toda su documentación, a la placa del vehículo que maneja y de más”, dijo Ranero, responsable de una plataforma que opera en 24 estados de México, con más de 250,000 conductores asociados. “Nuestra preocupación fundamental es el uso que se le va dar a esa información”, dijo.
La norma tiene dos frecuencias de entrega de información:
1. De dos semanas para un paquete de 12 datos básicos relacionados con el operador y con el servicio, que deberá entregarse a más tardar tres días hábiles después del término de las dos semanas reportadas.
2. De un mes para un segundo paquete de 36 datos, que debe entregarse a más tardar días días hábiles después de concluido el mes reportado.
“La cantidad de información y la frecuencia con la que se requiere es algo que no habíamos visto en ninguna ciudad a nivel global y nos preocupa entender cuál va a ser el destino, el uso de la información”, dijo Ranero.
De acuerdo con los considerandos de la norma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de octubre, la Secretaría de Movilidad aspira que la información recabada de las plataformas le permita “diseñar soluciones apoyadas en la tecnología para almacenar y procesar información para contar con nuevos sistemas que contribuyan a una gestión eficiente y fomenten la reducción de las externalidades negativas de los desplazamientos”. Se trata, pues, de diseñar e implementar políticas en materia de movilidad basadas en la innovación tecnológica. El cumplimiento de la norma está programado a partir del 16 de enero de 2020.
Consultado sobre las medidas de defensa que podría seguir Uber en México en caso de que la compañía resienta alguna afectación a su negocio, Ranero dijo: “No me gustaría entrar en discusiones hipotéticas, porque hay una cantidad de variables que podrían determinar nuestra forma de actuar. Ahorita realmente le estamos apostando al diálogo y a la apertura de escuchar a la autoridad y qué podemos demostrar nosotros también”.
kg