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Iniciativa de ley fintech incluye creación de 11 trámites

Con esta ley las empresas fintech tendrán que realizar 11 trámites para recibir la autorización de poder recibir o enviar trasferencias de recursos en efectivo. 

El dictamen del anteproyecto de ley fintech salió de la Cofemer el 2 de octubre e incluye una tabla con 11 trámites que las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF), como se define a las empresas fintech en el documento, deberán realizar para recibir la autorización para operar; para poder recibir cantidades en efectivo de sus clientes o para recibir o enviar transferencias de recursos desde y hacia el extranjero, entre otras actividades.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público identificó, mediante las Matrices de Indicadores para Resultados (MIR), 11 trámites que se crearán en caso de que el anteproyecto dictaminado por la Cofemer pase por el Congreso sin modificación alguna y sea aprobado para su publicación en el DOF. Las personas a las que más impacta la realización de estos trámites son las propias Instituciones de Tecnología Financiera y otras entidades financieras ya reguladas que quieran participar en este sector o que quieran conformar una ITF a través de Modelos Novedosos.

Pese al espíritu innovador de este anteproyecto de ley, al que se ha añadido la llamada regulatory sandbox, la medida regulatoria para la aplicación de  modelos financieros novedosos, la mayoría de los trámites deben de presentarse en formato escrito ante las autoridades competentes. En algunos casos, el tipo de trámite se dejó a consideración de las disposiciones de carácter general después del paso de la ley por el Congreso, lo que podría abrir la puerta a otros medios de presentación, como una interfaz digital.

Trámites a realizar    

El primer trámite que toda ITF tendría que realizar, de acuerdo con el dictamen de la Cofemer y con el anteproyecto de decreto de ley fintech, es la autorización por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para que las personas morales puedan operar como Instituciones de Tecnología Financiera. Entre los muchos requisitos para llevar a cabo este trámite se encuentran el ser una sociedad anónima constituida o que pretenda constituirse como tal; que se establezca un domicilio en territorio nacional; que se fije un capital mínimo para llevar a cabo sus operaciones, y otras medidas y políticas vinculadas, por ejemplo, a la exhibición de los riesgos a los que una persona podría estar expuesta si realiza operaciones en las ITF.

De acuerdo con Felipe Vallejo, director de Asuntos Regulatorios y de Política Pública de Bitso, estos 11 trámites “sí representan una carga regulatoria para la industria, pero es una industria que ya necesitaba regulación y la forma de hacerlo no es muy clara. La autoridad, junto con la industria, tuvimos que hacer algo nuevo y lo que nosotros sugerimos es que buena parte de la regulación se vaya a las leyes secundarias que se deriven de la ley para que si no funcionan sea más sencillo cambiarlas”.       

Bitso es una empresa mexicana de servicios financieros dedicada a la creación de productos  mediante la tecnología de Bitcoin, la cual estará regulada por la versión final de la ley fintech. En palabras de Vallejo, “Bitso surge para solucionar el problema de que los servicios financieros en México son muy caros, poco eficientes y no llegan a un segmento más amplio de la población, en medio de la explosión de las tecnológicas financieras. Nos dimos cuenta de que con las criptomonedas podíamos generar productos financieros muy innovadores, baratos y que pueden llegar a la población que no tiene acceso a servicios bancarios”.

Permiso especial para recibir efectivo

Otro de los trámites que aparecen en el dictamen de la Cofemer es la autorización por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que las ITF puedan recibir o entregar cantidades de dinero en efectivo a los clientes o para que puedan realizar transferencias de recursos desde o hacia cuentas desde entidades financieras del exterior o en otras entidades en territorio extranjero facultadas para realizar operaciones similares. Este trámite sería obligatorio en caso de que una fintech quiera recibir dinero en efectivo de sus clientes y en el anteproyecto de ley se indica que sus requisitos se establecerán en las disposiciones de carácter general que serán definidas por el Congreso.  

La definición de estos requisitos es uno de los puntos de la ley que hay que observar con cuidado, de acuerdo con Felipe Vallejo. “Es muy importante que las fintech puedan recibir efectivo, porque la gente que tiene efectivo es la que no tiene acceso a servicios bancarios o financieros. Entonces, si la ley te dice que sí te lo permite, pero con ciertos montos, lo que implica un permiso especial, el objetivo de la inclusión financiera que persigue la ley deja de tener un poco de sentido, porque no se bancariza a las personas”, dijo Vallejo.

Modelos novedosos

El noveno trámite dentro de la lista creada por la SHCP e incluida en el dictamen de la Cofemer hace referencia a lo que debe realizar una persona moral o una entidad financiera regulada para que una sociedad pueda operar con modelos novedosos, es decir aquellos “que para la prestación de servicios financieros utilicen herramientas o medios tecnológicos con modalidades distintas a las existentes en el mercado”, como indica el anteproyecto de ley. 

Este trámite es obligatorio, se realiza por escrito y tendrá una vigencia de máximo dos años dependiendo de los servicios que la sociedad de modelos novedosos pretenda prestar. La lista de la SHCP especifica que “en caso de que la sociedad autorizada para operar con modelos novedosos esté realizando las acciones necesarias para obtener la autorización, el registro o la concesión definitivos”, se podrá prorrogar la autorización temporal por un año más. 

Algunos de los requisitos a los que condiciona la realización de este trámite son que el producto a ofrecerse o el servicio a prestarse sea probado en un medio controlado y con un número limitado de clientes; que la actividad represente un beneficio para el cliente y que el inicio de operaciones del proyecto pueda ser inmediato.

“Muchos de estos trámites son copia de los que ya existían en el sistema financiero y son trámites que ya se conocen (...) Existen algunos ejemplos internacionales para regular este tipo de tecnologías, pero básicamente estamos empezando de cero, hay que probar y enviar a leyes secundarias, probarlo en la práctica y si no funciona, cambiarlo”, dijo Felipe Vallejo.

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