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Irregularidades “graves” llevan a repetir la votación de trabajadores en General Motors

La reposición del procedimiento deberá realizarse en condiciones que garanticen la seguridad y accesibilidad de los trabajadores, para brindar certeza de que su voto será emitido de forma pacífica, personal, libre, secreta y directa, sin coacción ni intimidación. 

Foto: Reuters

Foto: Reuters

La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que el proceso de votación de los trabajadores en la planta de Silao, Guanajuato, de la armadora automotriz General Motors, que tenía como fin legitimar el contrato colectivo de trabajo se repetirá en 30 días naturales, y debe darse en condiciones que garanticen la seguridad y accesibilidad de los trabajadores.

Aun así, se espera que este miércoles se pueda formalizar la segunda queja en contra de México por graves violaciones de los derechos laborales en la planta de General Motors (GM) en Silao, Guanajuato.

Congresistas de Estados Unidos emitieron un comunicado como parte del Comité de Medios con jurisdicción sobre la implementación y cumplimiento de las políticas de comercio internacional, pues detectaron “inquietantes informes de graves violaciones de los derechos laborales en una planta de General Motors (GM) en Silao, México”.

Los congresistas Dan Kildee, Bill Pascrell y Earl Blumenauer expusieron que “el gobierno mexicano tiene un papel importante que desempeñar en la defensa del derecho legal de los trabajadores a sindicalizarse”, pero también GM debería ser un participante activo en el respeto de los derechos laborales, y platearon preguntas a las que solicitaron pronta respuesta.

En tanto, la STPS indicó en un comunicado de prensa que “acreditó diversas causales de invalidez de la consulta, incluyendo irregularidades graves que fueron determinantes para su desarrollo y para el resultado de la votación, y que vulneraron los principios de seguridad y certeza que deben regir a todo proceso democrático. Por lo anterior, esta autoridad laboral declaró la nulidad del procedimiento y ordenó al sindicato reponerlo en un plazo improrrogable de 30 días naturales”.

La autoridad garantizará el cumplimiento de las siguientes directrices: 1) padrón confiable de trabajadores con derecho a votar; 2) máxima difusión de la convocatoria y del contrato colectivo de trabajo; 3) espacios accesibles y seguros para la consulta; 4) reforzamiento de los mecanismos de observación y vigilancia electoral; y, 5) no intromisión de la empresa, el sindicato o de persona ajena a la consulta.

El primer proceso se dio el pasado 20 y 21 de abril, cuya titularidad corresponde al Sindicato “Miguel Trujillo López”.

pilar.martinez@eleconomista.mx

Pilar Martínez es reportera de Empresas y Negocios.

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