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Juez concede suspensión a Iberdrola contra la multa impuesta por CRE por más de 466 millones de dólares

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) impuso la multa a Iberdrola Energía Monterrey por considerar que violó un permiso de generación de energía eléctrica de autoabasto vendiéndola a sus socios.

La española Iberdrola obtuvo la suspensión contra una multa de 9,145 millones de pesos (466 millones de dólares) impuesta por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) en mayo por la acusación de vender energía de manera ilegal mediante un permiso legado de autosbasto en su central de ciclo combinado en Dulces Nombres, Nuevo León, dónde tenía clientes inscritos como socios del proyecto.

Iberdrola interpuso el amparo el pasado 17 de junio ante el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República para reclamar sobre la discusión, aprobación y emisión de la resolución RES/466/2022 por parte del ente regulador energético en México, la cual fue autorizada por su órgano de gobierno el pasado 25 de mayo.

Las pruebas que la CRE utilizó para fundamentar la falta consisten en la presentación de facturas sobre la venta de energía emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El regulador multó a Iberdrola Energía Monterrey por la venta de energía a clientes que no estaban como socios originales en el permiso de autoabastecimiento.

"La acusación está soportada principalmente en facturas cuyos conceptos no demuestran la presunta venta de energía eléctrica, para que se le sancione se debe acreditar más allá de cualquier duda razonable, interpretación o analogía que cometió la supuesta venta de energía eléctrica a sus socios consumidores", argumentó Iberdrola en su momento.

La empresa se inconformó ante esta sanción que el pasado 25 de mayo aprobó el órgano de gobierno de la CRE en la  RES/466/2022, la cual multa a Iberdrola Energía Monterrey (IEM), titular del permiso de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento E/205/AUT/2002, luego de que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) acusó a la empresa de cobrar por la electricidad que generaba en la planta.

El regulador aseguró entonces que se comprobó que IEM incurrió en la venta de energía eléctrica a terceros, acción que no está permitida por la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) en su artículo 36, pues la figura de autoabastecimiento —creada en el sexenio de Carlos Salinas de Gortari— es para que una misma empresa se suministre de la  electricidad generada o bien el proyecto original todos los socios sean propietarios.

Según la CRE, se demostró con comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) emitidos por IEM entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de agosto de 2020 que la filial de Iberdrola vendió energía a terceros, con lo que hizo caso omiso de la ley.

Cabe recordar que la multa de 9,145 millones de pesos por la acusación de venta ilegal de energía mediante su planta de autoabasto a Iberdrola Monterrey equivale a 12.4% de los ingresos que la española obtuvo por sus operaciones en México en 2021, sanción que resulta elevada puesto que en términos de competencia económica se establece como máximo el 10% de éstos, lo cual ya resulta doloso para el sancionado, aunque según fuentes que presenciaron la autorización del permiso que le otorgó la CRE para realizar esta actividad, desde su arranque la española tenía la intención de venderle energía a clientes.  

Un exasesor de la CRE que pidió guardar el anonimato, participó en la decisión de otorgarle el permiso E/205/AUT/2002 para la planta de Dulces Nombres a la filial Iberdrola Monterrey, explicó a El Economista que otorgar el permiso fue muy controversial porque en el órgano de gobierno del regulador, presidido entonces por Dionisio Pérez Jácome, hubo opiniones divididas, ya que la energía que Iberdrola ofrecía llevaría competitividad a grandes empresas de Monterrey, pero expresamente estaba diseñada para clientes y no para socios, como debía ser legalmente en la actividad de autoabasto. Así que algunos como el comisionado Raúl Nocedal se opusieron a otorgar el permiso. 

Por lo pronto, la planta ya no opera puesto que venció su permiso, pero la ibérica podría librarse de pagar la segunda multa más alta que se ha impuesto en materia de regulación y competencia (después de la que se le impuso a Telcel por más de 11,000 millones de pesos) si el juez dicta sentencia favorable a la ibérica.

karol.garcia@eleconomista.mx

Karol García es reportera de Empresas y Negocios.

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