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La definición de insumos esenciales será tema delicado

La regulación a insumos esenciales que contempla la iniciativa de Ley de Competencia Económica, ha sido criticada cuando se ha impuesto en otros países, pues si no está bien definida puede abusarse de dicha figura.

La regulación a insumos esenciales que contempla la iniciativa de Ley de Competencia Económica, presentada por el presidente Enrique Peña Nieto, ha sido criticada cuando se ha impuesto en otros países, pues si no está bien definida puede abusarse de dicha figura. Hay que leer muy bien los textos, no se vaya a abrir una caja de Pandora , refirió Miguel Flores Bernés, comisionado de la extinta Comisión Federal de Competencia (CFC).

Es uno de los principales puntos de preocupación, pues cualquier sector puede ser afectado de manera horizontal en su aplicación, por lo cual no debe ser usado de manera indiscriminada , refirió el experto en competencia económica.

Al respecto, Victor Pavón Villamayor, consultor de Oxford Competition Economics, dijo que es una nueva categoría de regulación que se ve más en sectores de telecomunicaciones y en el energético, como es el caso de ductos, gasoductos y parte de la red de distribución. Es algo que ocurre más en sectores con alta concentración , advirtió.

En la iniciativa mandada a la Cámara de Diputados por el Ejecutivo federal, para determinar si un insumo es esencial, la Cofece deberá considerar tres puntos específicos y uno no especificado. El primero consiste en si el insumo es detentado o prestado por un solo agente económico o un número reducido de agentes económicos.

En segundo término se debe considerar si no es viable la reproducción del insumo desde un punto de vista técnico, legal o económico por otro agente económico. En tercero, si el insumo resulta indispensable para la provisión de bienes o servicios en uno o más mercados y no tiene sustitutos cercanos. El cuarto refiere los demás criterios que, en su caso, se establezcan en las disposiciones regulatorias .

ENTRAMADOS

La importancia en la definición de los insumos esenciales radica en que se encuentra relacionada a otra de las facultades que tendría la CFCE: la desincorporación de activos.

Flores Bernés explicó que si la CFCE considera que una empresa tiene un gran número de insumos esenciales, podría llevar a que ordene la desincorporación de activos. Es uno de los dos casos donde se prevé que se pueda tomar esta medida, cuando la comisión detecte que hay un problema estructural del mercado, es decir, sin que haya una práctica monopólica , advirtió el excomisionado. Explicó que el otro caso para aplicar la desinversión de activos sería cuando alguien viole reiteradamente la ley de competencia.

La desincorporación de activos es un tema muy complicado porque también implica las eficiencias de la empresa, pero es una reglamentación de última instancia , dijo Víctor Pavón Villamayor.

TIPIFICAN AL ESTRECHAMIENTO DE MÁRGENES

En la iniciativa para la ley de competencia propuesta por el presidente Enrique Peña Nieto se contempla, además de los insumos esenciales, otra práctica monopólica relativa, el estrechamiento de márgenes. Esta práctica consiste en la reducción del margen existente entre el precio de acceso a un insumo esencial provisto por uno o varios agentes económicos y el precio del bien o servicio ofrecido al consumidor final por esos mismos agentes económicos, utilizando para su producción el mismo insumo.

Esta práctica se presenta cuando existe un agente económico verticalmente integrado, que es dominante en la provisión de un insumo que es esencial para operar en el mercado relacionado, donde también compite y abusa de su poder mediante la reducción en el margen de sus competidores en el mercado relacionado, cobrándoles un precio por el insumo mayor al que se cobra a sí mismo o reduciendo el precio del bien o servicio en el mercado relacionado.

Así, los competidores que son igual de eficientes que el dominante, enfrentan dificultades para permanecer o concurrir al mercado, por razones que no dependen de su eficiencia, sino del abuso del poder del dominante.

Para México, el caso antecedente que se tiene fue cuando la extinta Comisión Federal de Competencia impuso en el 2011 una multa a Telcel por incrementar los costos de sus competidores al imponerles una tarifa de interconexión (off-net) superior a la que se autoimputa en las llamadas en su propia red (on-net) e incluso más alta que los precios que cobra a sus propios usuarios.

La Comisión determinó que Telcel incurrió en una práctica monopólica al abusar de su poder de mercado para desplazar indebidamente a sus competidores y con ello afectar el proceso de competencia en los mercados de telefonía fija y móvil en perjuicio de los consumidores.

claudia.tejeda@eleconomista.mx

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