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Modifica SE cupos para importación de cebada y malta

La Secretaría de Economía (SE) informó que la modificación tiene le fin de mejorar las cadenas productivas en el país para que se tenga acceso a los mismos.

La Secretaría de Economía (SE) publicó una modificación a los cupos para importar cebada y malta, a fin de mejorar la competitividad de las cadenas productivas en el país que los utilizan en sus procesos industriales.

En un acuerdo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación, la SE establece nuevos cupos vigentes para 2013 a dicha mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 1003.00.02, 1003.00.99, 1107.10.01 y 1107.20.01, siempre y cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la dependencia.

Destaca la necesidad de complementar la producción nacional de dichos insumos con importaciones que permitan a las industrias interesadas tener acceso a los mismos en condiciones similares a las que se tienen en el exterior, sin alterar de manera significativa los costos de producción en el país.

Subraya que la creciente demanda de granos para consumos humano e industrial, sobre todo de economías como China e India, y la baja en la producción mundial de granos por los efectos climáticos adversos, son factores que presionan al alza los precios internacionales de granos, como la cebada.

La dependencia refiere que México es un importante productor y exportador de cerveza en el mundo, con presencia en los mercados de Estados Unidos, Europa y Japón, sobre todo, y mantiene un consumo per cápita de 50 litros anuales, con perspectivas de crecimiento continuo.

De esta forma, señala que para la cebada (fracciones arancelarias 1003.90.01 y 1003.90.99) y para la malta (1107.10.01 y 1107.20.01), el cupo será de nueve mil toneladas, en cada caso, y será asignado anualmente bajo el mecanismo de licitación pública.

Ello, mediante una primera licitación con la cual se asignará un monto equivalente a 50% del cupo entre las personas físicas y morales que utilicen cebada y/o malta como insumos en sus procesos productivos.

Asimismo, añade la dependencia, en la segunda licitación se asignará un monto equivalente a 50% del cupo y, en su caso, el remanente de la asignación ya mencionada, entre personas físicas y morales establecidas legalmente en el país.

Menciona que la convocatoria correspondiente será publicada en el Diario Oficial de la Federación por lo menos 20 días antes de que inicie el periodo de registro y establecerá la fecha en que las bases estarán a disposición de los interesados.

En el acuerdo, la Secretaría de Economía establece diversos requisitos para las personas físicas y morales señaladas para la primera licitación, entre ellos el número de programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Inmex) o autorización del Programa de Promoción Sectorial (Prosec) vigente a nombre del solicitante.

MFH

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