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La NOM-187 prohibirá el uso de maíz transgénico en masa y tortilla
La regulación, que actualizará a su predecesora del 2002, ya generó inquietud entre productores y comerciantes.
El gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, publicó el anteproyecto de la NOM-187, relacionada con la elaboración de tortilla, cuyo objetivo es prohibir el uso de maíz transgénico como materia prima en la tortilla y sus derivados.
El anteproyecto “Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-187-SSA1/SE-2021”, publicado el pasado 30 de junio, se puso a consideración de los interesados para que en los próximos 30 días emitan sus comentarios y con ello actualizar la NOM que se publicó al respecto en el 2002.
La NOM “tiene por objeto establecer la clasificación, ingredientes y especificaciones que deben cumplir los productos derivados del maíz y del trigo descritos en esta norma oficial mexicana, así como las disposiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos que los procesan, los métodos de prueba y las denominaciones, información comercial y sanitaria que deben cumplir en sus etiquetas los productos de fabricación nacional o extranjeros y comerciales en el territorio nacional”, indica el anteproyecto.
Asimismo, destaca que, dado que se han añadido al mercado nuevos productos, se hace indispensable actualizar la regulación vigente. En este sentido, se pretende ordenar los mercados y brindarle elementos para una decisión adecuada de compra al consumidor.
En la plataforma de la Conamer, el anteproyecto de la NOM-187 lleva hasta ahora 57 comentarios, que reflejan inconformidades de productores y comerciantes, entre otras cosas, porque se pretende que entre en vigor 60 días después de su publicación.
Esta medida, se deriva del Decreto presidencial publicado en febrero pasado en el que México prohíbe la importación de maíz transgénico para consumo humano y reafirma la prohibición de siembra de esa variedad en el país.
Y detalla que en el caso de materia prima “todas las que sean empleadas en la elaboración de los productos, deben cumplir con los ordenamientos aplicables (...) En la elaboración de los productos objeto de esta Norma Oficial Mexicana, debe abstenerse el uso de maíz genéticamente modificado como materia prima”, puntualiza.
Esta NOM lleva varios años en su desarrollo, pero no ha concluido en su aplicación y sigue sumando comentarios en contra sobre todo por que ocasionará costos que no se tienen previstos ni calculados.
En uno de los comentarios hecho este 4 de julio se destaca que “en ninguna parte dentro del documento (la Norma) y tampoco en las referencias que se enlistan en la misma, se menciona la metodología que se debe seguir para identificar adecuadamente la presencia de material de maíces transgénicos en lotes de maíz destinados a la producción de los productos objeto de esta NOM. Tampoco se indica si existe un valor o tolerancia o porcentaje que será suficiente para definir lo que se considera maíces de origen transgénico”.
Asimismo, cuestiona que el hecho de que no consideran la estimación de los costos adicionales que generará la nueva propuesta regulatoria en el cambio de empaques de productos en un tiempo de cumplimiento de dos meses.