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Nextel deberá indemnizar a tres millones de clientes
La falta de Nextel fue por realizar cobros indebidos de servicios no proporcionados, deficientes o con características y contenido diferente a los planes o paquetes ofrecidos, precisó la Procuraduría Federal del Consumidor.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) logró del Segundo Juzgado de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal la primera sentencia favorable sobre una acción colectiva en materia de consumo contra Nextel.
La falta de la empresa de telecomunicaciones fue por realizar cobros indebidos de servicios no proporcionados, deficientes o con características y contenido diferente a los planes o paquetes ofrecidos, precisó la dependencia en un comunicado.
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Además, por servicios adicionales cancelados, ajustes y cobro de tarifas sin aclaración, previo aviso y aceptación expresa de los consumidores entre 2012 y 2014.
A su vez, destacó que la resolución puede beneficiar a más de tres millones de usuarios de servicios de telecomunicaciones agrupados en las empresas NII Telecom, Servicios de Radiocomunicación Móvil de México y Delta Comunicaciones Digitales.
Así como a las empresas Inversiones Nextel de México, Comunicaciones Nextel de México, NII Digital, y Operadora de Comunicaciones conocidas comercialmente como Nextel.
El organismo precisó que la sentencia condena a las empresas de Nextel a la reparación de daños cuantificables y liquidables en vía incidental ocasionados a cada consumidor perjudicado desde 2012 hasta la conclusión del juicio.
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Lo anterior, aunado al pago de interés legal a razón del 9.0% anual sobre las cantidades generadas por cobros indebidos, así como cubrir una indemnización a cada consumidor afectado correspondiente al 20 por ciento.
Los consumidores afectados deberán acreditar que durante 2012, 2013, 2014 y hasta la conclusión del juicio, recibieron alguno de los servicios de radiocomunicación móvil especializada por parte de los proveedores demandados.
También, que durante el periodo referido la o el consumidor cubrió una cantidad de dinero por servicios que no cumplen las condiciones, calidad, características y demás modalidades ofrecidas al público consumidor.
Además de haber pagado la totalidad del servicio y que no exista algún tipo de bonificación, entre otras.
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En este contexto, el encargado del despacho de la Profeco, Rafael Ochoa Morales, resaltó que desde que se dio inicio a las acciones colectivas en la Profeco, en 2013, esta es la primera sentencia favorable en materia de consumo, lo que marca un hecho histórico y sienta un precedente importante en la materia .
Ochoa Morales, dijo que personal especializado de la dependencia estará atento a las necesidades de las y los consumidores que pidan información sobre la forma de adherirse o bien que reclamen asesoría jurídica para su incorporación.
erp