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Reforma eliminaría de facto el outsourcing

La propuesta de Gómez Urrutia persigue protagonismo político, afirma Alfonso Bouzas, coordinador del Observatorio Ciudadano para la Reforma Laboral.

El dictamen aprobado en materia de subcontratación en comisiones unidas de Trabajo y Estudios Legislativos Segunda prohíbe esta actividad de contratación de personal y, si bien no lo dice abiertamente, de manera restrictiva impide su uso, además de que en todo momento se pide la penalización en caso de incumplir con los nuevos requisitos.

Así lo manifestaron especialistas laborales, que explicaron que el contenido de la propuesta que encabeza el senador Napoleón Gómez Urrutia “sólo busca el protagonismo político y deja de lado la importancia que tiene la actividad de la subcontratación, no sólo en México, sino en todo el mundo”, según expuso Alfonso Bouzas, coordinador del Observatorio Ciudadano para la Reforma Laboral.

“El hecho de que se criminalice toda la actividad de la subcontratación, tal y como está en la propuesta, genera incertidumbre en el sector patronal, y motivará que se deje de utilizar como una forma de contratación con la que se busca una mejor competitividad, además de que es evidente que no se está atacando al outsourcing ilegal”, dijo el abogado laboral Germán de la Garza de Vecchi, de la firma Mowat.

En ese mismo sentido, Lorenzo Roel, presidente de la Comisión Nacional Laboral de Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), manifestó que, además de que no se ha tomado en cuenta a ningún sector para la elaboración de la reforma en la materia, lo que se aprobó en comisiones es una reforma “prohibitiva, sobre todo si se considera que la tercerización ya no podría realizarse en actividades preponderantes o principales. Ésa es una prohibición muy clara, y si la calificas como simulación y delincuencia organizada la estás prohibiendo de facto”, señaló.

Fernando Yllanes, presidente de la Comisión de Seguridad Social y Recursos Humanos de la Concamin, comentó que “el tema evidentemente se debe abordar, pero para hacerlo se deben considerar tres circunstancias: la subcontratación ilegal (aquella en la que no se pagan completos los impuestos y cuotas de seguridad social); el segundo es el insourcing (contratación interna, que es lícita), y el tercero, la subcontratación de la prestación de servicios, es decir, de la asignación de trabajadores para actividades específicas. Sin embargo, nada de esto está en la propuesta de reforma, y si no se toman acciones para terminar con la primera actividad es muy difícil abordar los otros dos temas y crea confusiones”.

pmartinez@eleconomista.com.mx

Pilar Martínez es reportera de Empresas y Negocios.

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