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Capital Humano

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Trabajadoras mexicanas denuncian a EU en el marco del T-MEC

Dicho país incumple los compromisos del Capítulo 23, al permitir la discriminación contra las mujeres en la contratación en el programa de visas H2, también al tolerar la “violencia sexual generalizada”, destacó el Centro del Derechos del Migrante en su petición de queja ante la STPS.

Foto EE: Archivo

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“Esta lucha es también por las mujeres que no hablan porque tienen miedo”, dijo Adareli Ponce Hernández subiendo el mentón en cada frase. Ella y Maritza Pérez Ovando, dos mujeres trabajadoras migrantes, son las primeras en presentar una petición de queja formal contra Estados Unidos bajo las reglas del Tratado entre México, ese país y Canadá (T-MEC).

Estados Unidos incumple los compromisos del Capítulo 23 del T-MEC, al permitir la discriminación contra las mujeres en la contratación en el programa de visas H2, señala su petición de queja dada a conocer en conferencia de prensa en línea. También al tolerar la “violencia sexual generalizada”, limitar el acceso a servicios legales gratuitos y “al no monitorear, investigar y hacer cumplir las leyes laborales”.

Es un momento histórico, destacó Rachel Micah-Jones, directora ejecutiva del Centro de Derechos del Migrante (CDM), organización firmante de la solicitud. La petición se presentó ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Actualmente existen dos tipos de visas H2: las H-2A, para trabajo temporal agrícola, y las visas H-2B, para empleos temporales no agrícolas. Estas segundas proveen de salarios y prestaciones menores y son las que les otorgan a las mujeres. En 2019, el 92% de las visas H-2A que concedió el gobierno estadounidense fue para hombres y 3% a mujeres.

Las diferencias

Con este programa, empleadores en Estados Unidos pueden solicitar autorización al Departamento del Trabajo para contratar a personas extranjeras. Los permisos son temporales y para laborar únicamente en la compañía quien ofrece la vacante.

De esta manera, el estatus migratorio de esas personas depende de su trabajo. En ese sentido, “eres efectivamente un esclavo, no un trabajador”, señaló en entrevista Ben Davis, director de asuntos internacionales del sindicato United Workers. Este esquema afecta a hombres y mujeres, pero hay un impacto diferenciado, apuntó en la conferencia Rachel Micah-Jones. Los empleos bajo la visa H-2B no cuentan con prestaciones de vivienda gratuita. Quienes laboran con ese permiso no tienen acceso a servicios legales gratuitos.

Existen dos mecanismos para presentar una queja laboral bajo el T-MEC. Uno de ellos es el de respuesta rápida. Éste se aplica directamente a las empresas. El otro es bajo el cual se ha presentado este caso, y funciona así: Las personas afectadas presentan una solicitud de queja ante la STPS; la autoridad lo revisa y acepta la petición. Junto con la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) “convoca a su contraparte estadounidense a consultas para tratar de resolverlo”, explica Ben Davis. Las afectadas o la STPS pueden solicitar la intervención de un panel de personas expertas y externas. Este mecanismo “es más de conciliación que de sanción”. Busca la elaboración de política pública, no se señala a una empresa, sino al Estado, según Olga Hernández, del CDM.

blanca.juarez@eleconomista.mx

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