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Y si mi Banco se declara en Bancarrota, ¿Qué debo analizar?
Durante los últimos dos meses, mucho se ha hablado en los medios de comunicación sobre las quiebras bancarias que están afectando la industria financiera tanto en Estados Unidos de América como en Europa. Desde la quiebra del Silicon Valley Bank (“SVB”), del Signature Bank y del First Republic Bank, hasta la adquisición de Credit Suisse por parte de UBS.
Durante la semana en las que se dio a conocer las noticias sobre la quiebra del SVB, se tenía la preocupación generalizada que dicho evento fuera a generar nuevamente una crisis similar a la vivida en septiembre de 2008 con la quiebra de Lehman Brothers. Sin embargo, lo sucedido con la quiebra del SVB, se originó desde mi punto de vista, por un squeeze de liquidez, que ocasionó que en un plazo de 36 horas los clientes retiraran su dinero de las cuentas de cheques, que fue detonado por noticias y/o rumores sobre las minusvalías reportadas por el Banco en sus inversiones en valores.
Es importante recordar que en los últimos 20 años en Estados Unidos de América se han declarado en bancarrota más de 560 bancos. Esto nos recuerda lo frágil que puede ser el sistema financiero sino se encuentra suficientemente capitalizado y adecuadamente supervisado. En México, también hemos tenido nuestros descalabros con Banco Famsa y con Accendo Banco.
En respuesta a los recientes eventos de quiebra, las Entidades deberían de considerar:
- Evaluar y revelar, en forma oportuna, información sobre su estado de liquidez, financiero y operativo y expectativas para el futuro.
- Evaluar cuentas específicas que pueden deteriorarse o verse afectadas por cambios en el valor razonable atribuibles a la exposición a quiebras bancarias o cambios en el riesgo crediticio.
- Evaluar cuidadosamente la información sobre el reconocimiento y la divulgación de posibles eventos posteriores que esté disponible después de la fecha del balance pero antes de la emisión de los estados financieros.
- Determinar si necesitan identificar nuevos controles o modificar los existentes en respuesta a riesgos de información financiera nuevos o modificados que han surgido como resultado del entorno macroeconómico y geopolítico actual.
Asimismo, es importante no perder de vista que estos eventos detonan implicaciones contables que se deben de analizar y documentar. Algunos de los rubros del balance que se pudieran ver afectados se describen a continuación:
Rubro del balance | Implicaciones contables |
Efectivo | Debido a que los depósitos en cuentas de cheques se encuentran protegidos por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (“IPAB”) hasta un monto equivalente a 400 mil UDIS por persona física o moral y por Banco, no se debería reconocer una pérdida hasta este importe. Sin embargo, en caso de que los depósitos fueran mayores a 400 mil UDIS, la entidad se encontraría sujeta a un tema de riesgo de crédito y se debería reconocer una pérdida por el importe que no pueda ser cubierto por el seguro del IPAB. |
Pasivos bancarios | Analizar en caso que aplique una reestructura de la deuda, si ésta califica como una modificación o como una extinción [aplicar test del 10%]. |
Derivados | Partida cubierta | Analizar si las deudas que hayan sido designadas como partida cubierta en relaciones de cobertura, se puedan ver afectadas por la quiebra, lo que ocasione que las relaciones de cobertura tengan que ser descontinuadas. |
Derivados | Efectividades | Considerar ante la situación de quiebra de la contraparte como afecta el riesgo de crédito en la estimación de las efectividades de la relación de cobertura. |
Derivados | Transacciones pronosticadas | Una emisión de deuda pronosticada altamente probable que haya sido designada en una relación de cobertura puede verse interrumpida y desfasarse en tiempo, por lo que pondría en riesgo su designación, lo que llevaría a que dicha relación deba ser terminada. |
Derivados | Riesgo de Crédito | Ante el evento de incumplimiento, revisar las implicaciones legales [contrato ISDA y Anexo CSA] y la estimación de pérdida esperada por CVA. |
Cartas de crédito | Se deberá revisar si la entidad está obligada a entregar colateral en efectivo por dichas cartas de crédito que ya no puedan ser garantizadas. |
Inversiones en acciones | Posición en acciones del Banco en quiebra, deberán revisar si el deterioro que presenta dicha inversión ya sea como un ajuste al valor razonable o como un deterioro a la inversión. |
Inversiones en instrumentos financieros | Las inversiones, sean reconocidas a costo amortizado; valor razonable a través de otros resultados integrales o valor razonable a través de resultados, se deberá aplicar los requerimientos de valor razonable y deterioro correspondientes. |
Negocio en marcha | Se deberá revelar si la entidad puede verse impactada en su operación por el relacionamiento y dependencia que tenga con la entidad en quiebra. |
Eventos subsecuentes | Analizar, en caso de ser aplicable, la necesidad de revelaciones relacionadas con eventos subsecuentes que deban ser informadas posteriores al cierre de los estados financieros. |
Concentración de riesgo de crédito | La IFRS 7 requiere que se revelen en las notas a los estados financieros, todas las concentraciones significativas de riesgo de crédito, por lo que habrá que analizar la exposición que se tiene ante el evento de quiebra del banco. |
Autor
Miguel A. Garcia
Socio Deloitte