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Secretaría del Trabajo de CDMX ha dado más de 1,252 asesorías sobre pago de utilidades
José Luis Rodríguez Díaz de León, titular de la Secretaría del Trabajo y Fometo al Empleo de la Ciudad de México, indicó que por este primer corte de caja de apoyos como dependencia capitalina se han generado beneficios económicos por un 1.7 millones de pesos para los trabajadores.
Durante todo el 2022 hasta mayo de este 2023, la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México ha dado más de 1,252 asesorías jurídicas y 357 demandas por pago de utilidades, informó el titular de la dependencia, José Luis Rodríguez Díaz de León.
Este miércoles, el secretario explicó que derivado de que arrancó el proceso del pago de utilidades, las autoridades locales se han enfocado en apoyar a la población económicamente activa de la Ciudad de México por medio de asesorías y demandas de pago.
“El reparto de utilidades es un derecho humano laboral irrenunciable que tienen las y los trabajadores, con el cual reciben una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un empleador por la actividad productiva”, señaló el funcionario capitalino.
José Luis Rodríguez Díaz de León indicó que por este primer corte de caja de apoyos como dependencia capitalina se han generado beneficios económicos por un 1.7 millones de pesos para los trabajadores.
El reparto de utilidades, recordó, es factible cuando la empresa o empleador haya registrado un ingreso anual declarado al Impuesto Sobre la Renta mayor a 300,000 pesos en el ejercicio fiscal anterior. El empleador debe destinar el 10% de su utilidad fiscal, después del pago de impuestos, y repartirla entre los trabajadores de acuerdo con las horas laboradas y el sueldo diario de cada uno.
“Los trabajadores que tienen derecho a recibir utilidades son los que hayan laborado por lo menos 60 días en una empresa o para un empleador, y que perciben sus ingresos a través de la nómina”, comentó.
El reparto de utilidades se encuentra reglamentado en la Ley Federal del Trabajo, en el capítulo VIII denominado “Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa”, del artículo 117 al artículo 131.
El funcionario recordó que para el proceso del 2023, las empresas tuvieron hasta el 30 de mayo para realizar el reparto de utilidades. Para el caso de las personas físicas, que son los patrones o empleadores, reiteró, tienen que entregar esta prestación a más tardar el 29 de junio.
Seguirán apoyando
Rodríguez Díaz de León aseguró que como dependencia van a seguir brindando asesoría legal de manera gratuita a la población trabajadora en relación con el derecho a recibir el reparto de utilidades.
En caso de no recibir esta prestación, la población trabajadora debe asistir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para asesoría jurídica, en calzada San Antonio Abad 32, piso 2, colonia Tránsito, Alcaldía Cuauhtémoc; o vía telefónica, al número 55 5709-3233, #5 o ext. 2010, 2011, 2014.
Si un centro de trabajo incumple con el pago de utilidades, subrayó, se hará acreedor a una sanción que va de las 250 a las 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 25,935 pesos a 518,700 pesos, por cada trabajador afectado, con fundamento en el artículo 994 fracción II de la Ley Federal del Trabajo.
“Existen algunas excepciones, aquellos que no pueden recibir este beneficio son directores, administradores, gerentes generales, socios y accionistas, trabajadores eventuales con menos de 60 días laborados en el año correspondiente, y prestadores de servicios profesionales”, recalcó el secretario.
Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento, no están obligadas a pagar utilidades, al igual que las compañías de reciente creación que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso.
kg