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Finanzas Personales

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¿Cuándo se paga el aguinaldo?

El aguinaldo es una prestación equivalente a 15 días de salario que los trabajadores en México deben recibir de su patrón, una vez al año, antes del 20 de diciembre.

La ley mexicana obliga a los patrones a pagar el aguinaldo antes del 20 de diciembre de cada año, por lo que si no recibes esta prestación antes de esta fecha puedes iniciar un reclamo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), con lo que además de cumplir con su obligación, tu patrón podría tener que pagar una multa.

¿Qué es el aguinaldo?

El aguinaldo es una prestación equivalente a al menos 15 días de salario que los trabajadores en México deben recibir de su patrón, una vez al año, antes del 20 de diciembre. 

Todas las personas físicas que presten un trabajo personal subordinado a otra persona física o moral mediante el pago de un salario tienen derecho a recibir un aguinaldo anual.

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

Los trabajadores deben recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre de cada año. Los trabajadores que no hayan cumplido el año de prestación de servicios para un patrón deben recibir la parte proporcional de su aguinaldo, conforme al tiempo que hayan trabajado.

Ya sea que el trabajador haya laborado menos de un año para un patrón antes de la fecha de liquidación del aguinaldo o que la relación laboral haya sido rescindida por despido o renuncia, los trabajadores deben recibir la parte proporcional de aguinaldo de acuerdo con los días que hayan laborado y “de forma independiente a que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación”.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Para calcular cuánto debes recibir de aguinaldo, realiza las siguientes operaciones. Los resultados son para un trabajador que recibe un salario neto mensual de 13,000 pesos:

1)  Toma tu salario neto mensual y divídelo entre 30 días:

13,000 pesos / 30 días = 433.33 pesos de salario diario.

2) Toma tu salario diario y multiplicarlo por 15 días:

433.33 pesos x 15 días = 6,500.

3) El resultado es lo que debes recibir por el pago de aguinaldo; en este caso el trabajador debe recibir 6,500 pesos por concepto de aguinaldo.

Si trabajaste menos de un año para tu patrón, para calcular lo que te corresponde de aguinaldo sigue estos pasos. Los resultados corresponden a un trabajador que trabajó seis meses y 10 días con un salario neto mensual de 13,000 pesos.

  • Toma tu salario neto mensual y divídelo entre 30:

13,000 pesos / 30 días = 433.33 pesos de salario diario

  • Toma tu salario diario y multiplícalo por 15 días =

433.33 x 15 = 6,500 de aguinaldo

  • Toma el aguinaldo y divídelo entre 365 días = 

17.80 pesos de aguinaldo por día

  • Toma el número de meses que laboraste, multiplícalo por 30 días y suma los días adicionales:

(6 meses x 30 días) + 10 días = 190 días laborados.

  • Toma tu aguinaldo por día y multiplícalo por el número de días laborados:

17.80 pesos de aguinaldo por dia  x 190 días laborados = 3,382 pesos.

Un trabajador con un salario mensual neto de 13,000 pesos que trabajó seis meses y 10 días para un patrón debe recibir 3,382 pesos como la parte proporcional de aguinaldo que le corresponde.

Si eres un trabajador asalariado, un trabajador eventual del campo o un trabajador del hogar y tu patrón no ha realizado el pago de aguinaldo después del 20 de diciembre, puedes presentar un reclamo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

Para presentar tu reclamo ante la Profedet, debes acudir a una de las 48 oficinas con las que cuenta la dependencia, después del 20 de diciembre y en un plazo no mayor a un año, pues las quejas no proceden después de este periodo. La multa para los patrones que no cumplan con su obligación de pagar el aguinaldo, que lo entreguen de forma incompleta o fuera de tiempo, puede ir desde 4,418 pesos hasta los 441,800 pesos.  

Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)

Teléfonos:

01 800 7172 942 y 01 800 9117 877 para toda la República Mexicana

5134 9800, para el Área Metropolitana de la Ciudad de México.

Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx

Página oficial: profedet.gob

Twitter y Facebook: @PROFEDET

rodrigo.riquelme@eleconomista.mx

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