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Finanzas Personales

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Dona a Otis y obtén saldo a favor, o menos ISR a pagar

Si quieres que el SAT te regrese impuestos en tu declaración anual, analiza la opción de hacer aportaciones a fundaciones autorizadas como donatarias o a estados u organismos descentralizados.

Si últimamente has pensado en hacer alguna donación para apoyar a las personas en situación de vulnerabilidad o a quienes se vieron afectados por el huracán Otis en Guerrero; Norma, en el norte de país, o Lidia, en Nayarit, puedes hacerlo por medio de una fundación profesional y además de la satisfacción de ayudar a quienes lo necesitan puedes tener otros beneficios.

Tu altruismo es recompensado. De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), las donaciones de dinero o de bienes que realices a fundaciones autorizadas, entidades del gobierno federal, estados u organismos descentralizados, aplican como deducciones personales para tu declaración anual de impuestos, tanto para personas físicas como morales.

Debes saber que estas donaciones tienen un límite de 7% de tus ingresos acumulables en el año fiscal.

Si eres persona física y realizas donaciones para diversas causas a través de organizaciones sin fines de lucro puedes pedir un comprobante fiscal para que el dinero que dones sea deducible y de esta manera reportar saldo a favor en tu declaración anual o menos Impuesto Sobre la Renta (ISR) a pagar, explicó Norma Cruz, directora de la consultoría Autonomía Fiscal para Mujeres.

Obtener saldo a favor o menos ISR a pagar dependerá de en qué situación o régimen fiscal te encuentres.

Por ejemplo, si eres asalariado y sólo tienes un patrón lo más seguro es que el deducir las donaciones que realices durante el año te generan saldo a favor cuando hagas tu declaración anual de impuestos de manera voluntaria, porque recordemos que quienes son asalariados, que ganan menos de 400,000 pesos al año y tienen un sólo un empleador no están obligados a realizarla.

Para las personas físicas que sí tienen la obligación de presentar su declaración anual, que son aquellas que tienen más de un patrón, los freelancer (personas físicas con actividad profesional o empresarial), o que perciben más de 400,000 pesos al año, el beneficio puede ser mixto, devolución o menos impuestos a pagar.

Virginia Ríos, integrante de la comisión técnica de investigación fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó que las donaciones que son deducibles pueden ser monetarias vía transferencia o de bienes, siempre y cuando se entregue comprobante de pago de éstas últimas a la fundación.

Si donas despensas, y por ejemplo te cuestan 300 pesos cada y entregarás 10, puedes llevar tu ticket de compra a la fundación donde harás el donativo y pedir que te emita un comprobante fiscal, explicó la contadora Virginia Ríos.

“En el caso de donativos en especie, pueden deducir el importe que corresponda de conformidad con las disposiciones fiscales, ya sea que se trate de bienes nuevos, bienes que formen parte de tu activo fijo o de mercancías que han perdido su valor para ser comercializadas”, según detalla el SAT en su página web.

Para que tu donativo sea deducible, verificar lo siguiente:

Para que las donaciones apliquen dentro de tu declaración anual de impuestos revisa que la donataria cuente con autorización vigente ante el SAT, lo cual podrás validar a través de la publicación del Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal, en el Diario Oficial de la Federación.

Algunas de ellas son la Cruz Roja Mexicana, Médicos sin Fronteras, Fundación Gentera, Fundación Coppel, Fundación BBVA, entre otras que ahora participan activamente en la recepción de donaciones para apoyar a las personas afectadas por Otis, en Acapulco y otras ciudades/comunidades de Guerrero.

Por ejemplo, algunas fundaciones promueven la aportación de un peso más por cada uno que las personas aporten.

Otra cosa que debes hacer para que tu donación sea deducible de impuestos es solicitar la entrega del comprobante fiscal digital con el Complemento de Donatarias.

Este documento debe contener los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales vigentes, tales como el número de oficio de la autorización, fecha del oficio y señalar expresamente que se trata de un donativo deducible.

Si la donación que realizarás es para algún astado, municipio o dependencia federal, el comprobante deberá indicar la palabra “Gobierno” en el campo del número de autorización y la fecha de creación en el apartado de fecha de autorización.

yuridia.torres@eleconomista.mx

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