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Mitos y realidades sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar
Ante la preocupación sobre la transferencia de recursos de la cuenta Afore, internautas han compartido una serie de consejos sobre el tema; sin embargo, algunos son falsos.
El pasado miércoles, luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador firmara el decreto para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, éste entró en vigor y por lo tanto inició su proceso para ser constituido oficialmente.
Ante la preocupación sobre cómo reclamar los recursos de la cuenta Afore y evitar que éstos sean transferidos al Fondo de Pensiones para el Bienestar, en redes sociales algunos internautas han compartido una serie de “consejos” sobre el tema, que desafortunadamente carecen de veracidad.
El Fondo de Pensiones para el Bienestar será un fideicomiso público que se crea con la finalidad de ayudar a que las y los trabajadores puedan acceder a pensiones de hasta 100% de su último salario, esto con un tope que ronda los 16,770 pesos mensuales.
Los mitos
1. ¡Perdí mi ahorro para siempre! El dinero ahorrado en la cuenta se considera patrimonio del titular, por lo que no prescribe, y tanto los trabajadores o en su caso sus beneficiarios podrán acudir ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para acceder al mecanismo de devolución de los recursos.
Para ello, el Fondo contará con una reserva que garantice la imprescriptibilidad de los recursos y se pueda llevar a cabo la devolución de los recursos de los trabajadores, pensionados o sus beneficiarios.
2. Tengo menos de 70 años, pero mi cuenta está inactiva, ¡tomarán mis ahorros! Para financiar el fondo se utilizarán los más de 40,000 millones de pesos de ahorros en las Afores que no han sido reclamados por personas de 70 años o más y cuyas cuentas están inactivas.
Para que los recursos de una cuenta Afore sean susceptibles a ser transferidos, se necesita cumplir con los dos requisitos: que el titular tenga 70 años o más y que la cuenta se encuentre inactiva.
Por lo que, si no se tiene la edad de 70 años, aunque la cuenta esté inactiva, no se transferirán los recursos al Fondo de Pensiones.
En caso contrario, si el trabajador tiene 70 años, pero aún se reciben aportaciones patronales se considera una cuenta activa, por lo que no se transferirán los recursos al fondo de Pensiones para el Bienestar.
3. Sí realizo ahorro voluntario mi cuenta deja de estar inactiva. De acuerdo con el Artículo 67 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, se considera como Cuentas Individuales Inactivas de Trabajadores aquellas que no hayan tenido movimientos por depósitos de cuotas y aportaciones durante el periodo de un año calendario, contado a partir del último depósito realizado.
Mari Nieves Lanzagorta, vicepresidenta de vinculación de la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro (Amafore), detalló para El Economista que en este caso los movimientos por depósitos de cuotas y aportaciones deben ser por ahorro obligatorio, es decir aportaciones patronales.
Por eso, al realizar un depósito por ahorro voluntario la cuenta no se reactivará y seguirá en estatus de inactiva.
4. No voy a saber si mi cuenta es transferida. El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación indica que durante el año previo a que el trabajador cumpla 70 años, tanto el IMSS como la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), deberán dar aviso al trabajador, a fin de que pueda acudir al instituto a reclamar los recursos.
Ante ello, Mari Nieves Lanzagorta detalló que aquellos que han realizado y se encuentran interesados en hacer depósitos de ahorro voluntario, no solo contribuyen al ahorro para su retiro, sino también dicho movimiento permitirán a su Afore contar con información actualizada y facilitar la tarea de dar aviso en caso de que su cuenta sea susceptible de ser transferida.