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Finanzas Personales

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¿Quién se queda con tu ahorro para el retiro si falleces?

De las más de 73 millones de cuentas de ahorro para el retiro administradas por las afore solo se tienen registrados 1.6 millones de beneficiarios.

¿Qué pasará con tu ahorro para el retiro si faltas?, cuando una persona fallece y tiene una cuenta en una afore, los recursos que se encuentren ahorrados deben ser reclamados y entregados a los beneficiarios.

Aunque los trabajadores pueden designar a sus beneficiarios en cualquier momento, datos de la Comisión Nacional del Sistema del Ahorro para el Retiro (Consar) revelan que a partir de la reforma en 2020, de las más de 73 millones de cuentas de ahorro para el retiro administradas por las afore se tienen registrados 1.6 millones de beneficiarios.

Julio Cervantes Parra, presidente de Consar indicó que aun cuando la cuenta de ahorro para el retiro es reconocida como parte del patrimonio de los trabajadores y ante la ley es imprescriptible, lo recomendable es que los usuarios mantengan actualizados sus datos y designen a sus beneficiarios a quienes se les va a otorgar los recursos en el caso de que lleguen a faltar, ya que esto evitará dificultades a nuestros seres queridos.

¿Quién se queda con tu ahorro?, cuando fallece el titular de una cuenta afore sus recursos son entregados a sus beneficiarios, en este caso se divide en dos: legales y designados, para el primer caso él o la esposa es el principal beneficiario legal de los recursos acumulados, de no existir esta figura, los ahorros podrán ser retirados por la concubina o concubinario e hijos menores de 16 años o hasta 25 años cuando sigan estudiando dentro del Sistema Educativo Nacional.

También se contemplan a los hijos mayores con alguna discapacidad o los padres, siempre y cuando dependan económicamente del titular de la cuenta a estos se les entrega los recursos canalizados para pensión por viudez, orfandad, o ascendencia.

Por otro lado, se encuentran los beneficiarios designados, aquellos que puedes escoger por medio de tu cuenta afore, en este caso no es necesario contar con una relación parentesco por lo que se puede designar hasta nueve beneficiarios desde primos hasta amigos o conocidos; a estos se les entregará en una sola exhibición los recursos que no son ocupados para pensión, como las aportaciones voluntarias.

“Los beneficiarios legales están establecidos en la ley del Seguro Social, y los beneficiarios designados se dan de alta a través de la afore o la aplicación Afore móvil, la diferencia podría ser muy sutil, pero es muy práctico para evitar litigios en el caso de no tener beneficiarios”, comentó el presidente de Consar.

La designación de los beneficiarios de la cuenta afore se puede hacer en cualquier momento a través de la aplicación “Afore Móvil”, tras darse de alta en la app los usuarios pueden acceder a la sección Mi perfil y actualizar sus datos.

Aunque no es necesario realizar un cambio de afore para dar de alta a tus beneficiarios, también es posible capturar los datos de los beneficiarios durante el proceso de traspaso, en cualquier caso lo que se requiere es contar con la CURP de quienes serán beneficiarios.

¿Qué ocurre sino hay beneficiarios?

De acuerdo con el Artículo 302 de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cuando una persona fallece y tiene una cuenta en una afore, los recursos que se tienen que entregar a los beneficiarios, Sin embargo, si el IMSS detecta una cuenta inactiva y que no se han reclamado los recursos, debe verificar si la persona falleció para poder disponer de tales ahorros.

Ante ello, Julio Cervantes Parra explicó que para conocer quienes son los beneficiarios de una cuenta afore cuyo titular haya fallecido puede consultar a través del portal de Afore Web con la CURP del titular y la del beneficiario.

El presidente de la Consar, destacó que pese a lo que establece el artículo la cuenta de ahorro para el retiro es considerada parte del patrimonio de un trabajador por lo que los beneficiarios pueden incluso después de muchos años reclamar los recursos, los cuales deben ser entregados, además detalló que hoy existen varios canales e instituciones que pueden ser de ayuda para recuperar los recursos.

“Se puede recuperar los recursos de la cuenta porque es imprescriptible es decir que no importa si han pasado 10, 20 o 30 años, si el beneficiario aparece y lo acredita ante un tribunal o los institutos se le deben entregar los recursos”, comentó.

joselyn.ugarte@eleconomista.mx

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