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Finanzas Personales

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Si contrata un seguro médico, revise qué enfermedades no cubre

Las aseguradoras establecen en sus pólizas periodos de espera específicos para ciertas enfermedades o procedimientos como diabetes o cáncer y para que éstos puedan ser cubiertos.

Seguro médico: enfermedades Preexistentes

Seguro médico: enfermedades Preexistentes

Contratar un seguro médico no solamente es para el cuidado de nuestra salud, también nos ayuda a proteger nuestro patrimonio y a cubrir económicamente enfermedades que pueden tener elevados costos para su tratamiento.

En ocasiones los asegurados creen que una vez que lo contrataron podrán acceder a servicios médicos de manera directa para atender alguna urgencia, o bien, una enfermedad ya existente, pero no es así.

Cuando se adquiere una póliza existen padecimientos que no están cubiertos porque se consideran preexistentes, es decir, un mal que ya padecía el asegurado, lo cual puede afectar al momento de adquirirlo.

Por ello, antes de contratar, es importante fijarse en las condiciones generales de la póliza para saber los plazos y qué tipo de padecimientos son los que cubre o no.

Enfermedades Preexistentes

Para evitar que los asegurados compren una póliza para atenderse una enfermedad o tratamiento, las aseguradoras establecen en sus pólizas periodos de espera específicos para ciertas enfermedades o procedimientos como diabetes o cáncer y para que éstos puedan ser cubiertos, explicó Rubén Yesin, subdirector de Estrategia Comercial de Salud de Axa México.

“Si han pasado tres meses de la contratación y el médico que lo diagnostica o ciertos parámetros que son los que definen estas enfermedades y lo identifica con un año de antelación, entonces se clasifica como una enfermedad preexistente”, dijo Yesin.

En caso de que el asegurado padezca un malestar que se diagnosticó previamente a la adquisición del seguro, se le considera como una enfermedad previa y muy difícilmente se pueden cubrir los gastos por este problema.

Una vez pasado el tiempo de espera, el asegurado puede hacer uso de su póliza para afrontar los gastos de cualquier padecimiento.

Felipe Ramírez Ávila, director técnico de Salud de Mapfre, indicó que un padecimiento preexistente se considera como un malestar que se hubiera diagnosticado o que hubiera erogado gastos previos a la contratación de la póliza.

¿Qué pasa si tiene una enfermedad previa?

En el caso de aquellos padecimientos que evolucionan de forma silenciosa, en donde no hay un diagnóstico y el asegurado no sabe que lo desarrolla, este último no se considera como tal bajo el concepto de padecimiento previo al momento de sacar la póliza, pues no representa una erogación de gastos para el paciente para cubrir su enfermedad.

“Se considera enfermedad preexistente cuando el asegurado sabe que tiene el padecimiento, cuando ya hubo un diagnóstico previo a la contratación y tiene o tuvo gastos para su recuperación. Si no hay una valoración o un gasto previo no se considera en este rubro”, puntualizó Ramírez Ávila.

Inclúyalo en la póliza

Si usted le interesa contratar un seguro, es importante que antes o durante la contratación estipule a grandes rasgos su historial médico en su póliza.

El director técnico de Salud de Mapfre destacó la importancia de la asesoría adecuada para la contratación de un seguro y con ello, el asegurado tenga claridad sobre el alcance de su cobertura, en caso de que ya sufra un malestar.

“Siempre al momento de la contratación se deben detallar con la mayor transparencia todos los padecimientos previos para que quede en su solicitud, y si fuera necesario dentro de su póliza, así como leer los alcances y límites de la misma”, enfatizó.

El directivo de Axa profundizó en este aspecto e insistió en que se debe especificar cualquier mal o tratamiento previo, lo cual ayudará a delimitar los alcances del seguro y ver si es un padecimiento derivado de su enfermedad previa.

“El asegurado declara y expone las enfermedades que padezca, y la aseguradora especificará lo que no va a cubrir como consecuencia del padecimiento de un mal preexistente. Todo lo que no está indicado como una posible exclusión derivado de la enfermedad que están declarando se podrá atender sin ningún problema”, aseveró.

Los especialistas indicaron que, en cambio, una vez que pasaron los tiempos de espera y la enfermedad comienza a manifestarse, el asegurado puede solicitar la ejecución del seguro para cubrir los costos derivados de padecimientos diagnosticados durante la vigencia de la póliza.

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