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Finanzas Personales

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Si tiene inversiones financieras, también las puede dar en herencia

Sin importar el instrumento, todos los productos en donde tenga depositado su dinero se pueden dejar a familiares y seres queridos.

Cuando hablamos de herencia, normalmente este término está ligado a propiedades u otros bienes, sin embargo, el patrimonio de una persona puede ser mucho más amplio y considerar las cuentas bancarias, seguros, así como las inversiones; productos financieros que también se pueden heredar a los seres queridos.

Sin importar si se cuenta con activos en casas de bolsa, fintechs o fondos de inversión, todos los productos en donde tenga depositado su dinero se pueden heredar a familiares y amigos. Además de dejar establecidos a sus beneficiarios en el contrato, también deberá estipularlo en su testamento para que sus herederos puedan reclamar los activos y rendimientos al momento de que el titular ya no esté.

En algunos casos y dependiendo del instrumento de inversión, como beneficiario puede seguir invirtiendo en el mismo producto mientras que en otros, puede ser que lo entreguen el recurso. 

Gerardo Obregón, director de la fintech Prestadero, explicó que las inversiones sí se pueden heredar. Recordó que al depositar su dinero en cualquier instrumento, las entidades financieras solicitan al inversionista establecer beneficiarios y porcentajes para entregar esos recursos cuando el titular fallezca.

“Existe una manera muy sencilla de establecer beneficiarios. Parte de esta cultura de la prevención es aprender a estipular y validar que en las cuentas bancarias e instrumentos de inversión se designe a los beneficiarios”, afirmó.

A decir del experto, es necesario incluir en el testamento todos los instrumentos de inversión con lo que se cuenta, así como los beneficiarios, para que al momento de fallecer los herederos conozcan y sepan para reclamar los activos.

En tanto, Alfredo Gabriel Miranda Solano, notario público 144 de la Ciudad de México detalló que al momento de redactar su testamento es necesario señalar todas las cuentas o productos de inversión con los que cuenta para estipularlas en este documento. Si se tienen diferentes productos de inversión será mejor comunicar a las personas estipuladas como beneficiarios que lo son, para que cuando fallezca el titular reclamar los activos. 

Revise a sus beneficiarios

En este punto, el notario señaló que en caso de adquirir más productos de inversión, estos cambios también se deben estipular en el testamento, ya que así como el patrimonio se acrecienta todas estas modificaciones también se deben plasmar en el testamento.

“Hay que acudir con la institución y solicitar un cambio o redistribuir el beneficio de tal manera. Si el patrimonio aumenta o se reduce, se deben hacer ajustes en las disposiciones del testamento para evitar problemas legales para los seres queridos”, apuntó.

Incluso, si se quieren cambiar los beneficiarios en las inversiones se puede hacer las veces que sea necesario y sin costos adicionales para el titular.

A su vez, Gerardo Obregón aconsejó revisar cada año los beneficiarios que se tienen para en caso de ser necesario, cambiarlos o actualizarlos. Resaltó que si sucede algún evento familiar, un divorcio o personal como la muerte de un familiar o el nacimiento de un hijo, también son factores para considerar una modificación.

¿Cómo reclamarlos?

En caso de fallecimiento, el director de Prestadero indicó que los beneficiarios pueden reclamar los activos en las instituciones, para ello solamente deberán validar que era cliente de esa entidad, corroborar que son los beneficiarios y solicitar el proceso para la entrega de esos bienes.

A esto, la institución de crédito entregará el importe correspondiente una vez que confirme que se trata de las personas designadas por el titular.

¿Puedo seguir invirtiendo?

Si usted heredó una inversión, dependerá mucho del producto para saber si puede solicitar la entrega de los activos o bien, continuar con la inversión durante un plazo determinado.

Al respecto, Obregón precisó que en estos casos dependerá del proceso de entrega de recursos de inversión de cada instrumento e institución. Hay instrumentos que son inversiones líquidas, es decir que se pueden entregar o depositar en el momento; o bien, otras que están atadas a un cierto plazo y que los recursos no se entregarán hasta finalizado el periodo. 

montserrat.galvan@eleconomista.mx

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